Este capítulo examina la función de liquidación de impuestos, que abarca todas las actividades relacionadas con la tramitación de las declaraciones y los pagos de impuestos. Examina el uso de canales electrónicos para la presentación y el pago de impuestos, y en él se describen los esfuerzos de las administraciones para ofrecer declaraciones previamente cumplimentadas, y aborda los índices de cumplimiento de los plazos de presentación y pago de las declaraciones.
Administración tributaria 2024

4. Liquidación del impuesto
Copy link to 4. Liquidación del impuestoResumen
Introducción
Copy link to IntroducciónLa función de liquidación de impuestos engloba todas las actividades relacionadas con la tramitación de las declaraciones tributarias, entre ellas, emitir liquidaciones, devoluciones, notificaciones y requerimientos. También abarca el procesamiento y la gestión bancaria de los pagos. Estas actividades siguen siendo un área cambiante y prioritaria para las administraciones, ya que el objetivo de estas es tratar de reducir los costos de los procesos de gran volumen.
Como ya se informó en ediciones anteriores de esta serie, la posibilidad generalizada de presentación y pago por vía electrónica que se ofrece a los contribuyentes ha ayudado a las administraciones a reducir sus costos y mejorar los servicios que prestan. Esta tendencia continúa a medida que se pone a disposición de los contribuyentes una gama cada vez mayor de servicios y soluciones de apoyo.
Las administraciones tributarias también gestionan un volumen creciente de datos que recopilan electrónicamente, procedentes de un número cada vez mayor de organizaciones externas. Esto está propiciando que se produzca un cambio hacia un uso más inteligente de los datos y declaraciones precumplimentadas más completas, impulsado en gran medida por el uso de la inteligencia artificial y el aprendizaje automático. También está contribuyendo a crear enfoques de cumplimiento preventivos que pueden minimizar o evitar errores en las declaraciones. Además de actualizar la información sobre los canales utilizados para la presentación y el pago de impuestos, en este capítulo se expondrán:
Los esfuerzos de las administraciones por ofrecer declaraciones precumplimentadas a los contribuyentes personas físicas y empresas, incluida la expansión de este enfoque, en algunos casos, hasta lograr declaraciones completamente precumplimentadas tanto para personas físicas como para empresas.
Los índices de cumplimiento de los plazos de presentación y pago de las declaraciones.
Ejemplos de cómo la tecnología y la aplicación de la ciencia de datos han mejorado los procesos de declaración, pago y devolución.
Uso de canales electrónicos para la presentación y el pago
Copy link to Uso de canales electrónicos para la presentación y el pagoPara aumentar la aceptación del uso de los canales de presentación y pago electrónicos, muchas jurisdicciones también han impuesto su utilización a la mayoría de los contribuyentes (o a la mayoría de los empleadores en el caso de las retenciones sobre el salario). La Tabla 4.1. muestra que, en las jurisdicciones analizadas en esta publicación, la presentación y el pago electrónicos se han impuesto con más frecuencia a los contribuyentes que son empresas que a las personas físicas. Alrededor de tres cuartas partes de las jurisdicciones imponen el uso obligatorio de los canales de presentación electrónica para el impuesto de sociedades (IS), las retenciones sobre el salario y el impuesto sobre el valor agregado (IVA), mientras que solo la mitad de las jurisdicciones lo imponen en el caso del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). En la misma línea, el pago electrónico es obligatorio para el IS, las retenciones sobre el salario y el IVA en aproximadamente dos tercios de las jurisdicciones, y para el IRPF, de nuevo, en aproximadamente la mitad.
Tabla 4.1. Uso obligatorio de la presentación y el pago electrónicos para la mayoría de los contribuyentes, por tipo de impuesto, 2022
Copy link to Tabla 4.1. Uso obligatorio de la presentación y el pago electrónicos para la mayoría de los contribuyentes, por tipo de impuesto, 2022Porcentaje de jurisdicciones
Presentación telemática de declaraciones |
Pago electrónico |
||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|
Impuesto sobre la renta de las personas físicas |
Impuesto de sociedades |
Retenciones sobre el salario |
Impuesto sobre el valor agregado |
Impuesto sobre la renta de las personas físicas |
Impuesto de sociedades |
Retenciones sobre el salario |
Impuesto sobre el valor agregado |
52,6 |
74,1 |
75,9 |
81,8 |
47,4 |
60,3 |
63,0 |
69,1 |
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tabla B.30 Registro del género del contribuyente; y presentación y pago electrónicos obligatorios, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180917 (consultado el 10 de septiembre de 2024).
A pesar de la obligatoriedad del uso de canales electrónicos, dado que la digitalización sigue transformando la vida cotidiana, no es de extrañar que el uso efectivo de los canales electrónicos de presentación y pago sea significativamente mayor y continúe creciendo. Como demuestran los elevados porcentajes, estos canales se han implantado en gran variedad de administraciones, por lo que se espera que estos porcentajes se mantengan estables, limitándose a un incremento gradual en el futuro.
La Tabla 4.2. muestra el promedio en la presentación electrónica de declaraciones de las jurisdicciones que proporcionaron información sobre los canales utilizados por los contribuyentes para presentar sus declaraciones entre 2018 y 2022. Durante ese período, alrededor del 95 % de las empresas contribuyentes presentaron sus declaraciones de forma telemática. En el caso de los declarantes del IRPF, esta cifra también ronda el 90 %. Además, cabe señalar que, para un número significativo de administraciones, el porcentaje de presentación electrónica es del 100 % en los principales tipos de impuestos (véanse las Tablas D.26 y D.27).
Tabla 4.2. Promedio (en porcentaje) de presentación electrónica por tipo de impuesto, 2018-22
Copy link to Tabla 4.2. Promedio (en porcentaje) de presentación electrónica por tipo de impuesto, 2018-22
Tipo de impuesto |
2018 |
2019 |
2020 |
2021 |
2022 |
---|---|---|---|---|---|
Impuesto sobre la renta de las personas físicas (46 jurisdicciones) |
82,1 |
84,5 |
87,8 |
88,2 |
89,5 |
Impuesto de sociedades (45 jurisdicciones) |
91,8 |
92,5 |
93,5 |
94,2 |
94,7 |
Retenciones sobre el salario (35 jurisdicciones) |
- |
- |
- |
- |
94,4 |
Impuesto sobre el valor agregado (41 jurisdicciones) |
94,0 |
95,8 |
96,7 |
97,4 |
98,2 |
Nota: La tabla muestra los promedios de presentación electrónica para aquellas jurisdicciones que proporcionaron la información para los 2018 a 2022. Entre paréntesis figura el número de jurisdicciones que presentaron datos. Por lo que respecta a la declaración de retenciones sobre el salario, la pregunta se introdujo en la ISORA de 2023 y, por lo tanto, los datos solo están disponibles para el año 2022.
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tablas D.26 Presentación electrónica: IS e IRPF, y D.27 Presentación electrónica: retenciones sobre el salario e IVA, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180901 (consultado el 10 de septiembre de 2024).
Si se observa la evolución de los índices de presentación electrónica durante el período comprendido entre 2014 y 2022 que se muestra en la Tabla 4.3., resulta evidente que han aumentado significativamente - entre 17 y 23 puntos porcentuales— en los tres tipos principales de impuestos. (Cabe señalar que la tabla solo tiene en cuenta la información de las jurisdicciones para las que se disponía de datos tanto para el año 2014 como para el 2022, lo que explica las diferencias en los promedios de 2022 que se muestran en las Tablas 4.2. y 4.3.).
Tabla 4.3. Promedio (en porcentaje) de presentación electrónica por tipo de impuesto, 2014 y 2022
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Tipo de impuesto |
2014 |
2022 |
Diferencia en puntos porcentuales |
---|---|---|---|
Impuesto sobre la renta de las personas físicas (31 jurisdicciones) |
64,5 |
87,4 |
+22,9 |
Impuesto de sociedades (31 jurisdicciones) |
78,4 |
95,2 |
+16,8 |
Impuesto sobre el valor agregado (29 jurisdicciones) |
81,8 |
99,0 |
+17,2 |
Nota: La tabla muestra los promedios de presentación electrónica para aquellas jurisdicciones que proporcionaron la información para los años 2014 y 2022. Entre paréntesis figura el número de jurisdicciones que presentaron datos.
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tablas D.26 Presentación electrónica: IS e IRPF, y D.27 Presentación electrónica: retenciones sobre el salario e IVA, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180901 (consultado el 10 de septiembre de 2024), y OCDE (2017), Tax Administration 2017: Comparative Information on OECD and Other Advanced and Emerging Economies, Tabla A.8., https://doi.org/10.1787/tax_admin-2017-en.
En cuanto a los índices de pago electrónico, como puede verse en la Tabla 4.4., en 2022, alrededor del 90 % de los pagos, medidos por número y valor, se realizaron por vía electrónica. Esto representa un aumento significativo desde 2018. El porcentaje de pagos electrónicos por valor es ligeramente superior al porcentaje de pagos electrónicos efectuados por número, lo que sugiere que son sobre todo los grandes contribuyentes los que recurren a este canal de pago. (Debido a un cambio en la definición de la pregunta correspondiente de la encuesta, las comparaciones que analizan la evolución de las tasas de pago electrónico desde 2014 podrían no ser fiables).
Tabla 4.4. Promedio (en porcentaje) de pago electrónico por número y valor de los pagos, 2018-22
Copy link to Tabla 4.4. Promedio (en porcentaje) de pago electrónico por número y valor de los pagos, 2018-22
Tipo de medición |
2018 |
2019 |
2020 |
2021 |
2022 |
---|---|---|---|---|---|
Porcentaje por número de pagos (48 jurisdicciones) |
80,3 |
82,5 |
86,6 |
88,7 |
90,0 |
Porcentaje por valor de los pagos (48 jurisdicciones) |
84,8 |
86,1 |
88,6 |
90,4 |
91,9 |
Nota: La tabla muestra los promedios de pago electrónico para aquellas jurisdicciones que proporcionaron la información para los años 2018 a 2022. Entre paréntesis figura el número de jurisdicciones que presentaron datos.
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tabla D.40 Porcentajes de pagos electrónicos y retención del impuesto por terceros, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180902 (consultado el 10 de septiembre de 2024).
Sigue habiendo una serie de jurisdicciones con un elevado volumen de declaraciones presentadas en papel y de pagos a través de medios no electrónicos. Entre las jurisdicciones que proporcionaron datos, sumaban más de 70 millones de declaraciones (de IRPF, IS, retenciones a cuenta sobre los salarios e IVA) presentadas en papel (véanse las tablas A.48, A.52, A.56 y A.61).
Es de esperar que esta cifra siga disminuyendo con el tiempo a medida que un número cada vez mayor de administraciones vayan adoptando medidas para animar a más contribuyentes a utilizar plataformas electrónicas siempre que sea posible. Esto no solo reducirá los costos de administración, sino que con el tiempo también podría aliviar la carga administrativa de los contribuyentes.
Recuadro 4.1. Ejemplos: canales electrónicos para la presentación y el pago
Copy link to Recuadro 4.1. Ejemplos: canales electrónicos para la presentación y el pagoCanadá: formulario web del Impuesto sobre Viviendas Infrautilizadas
El Impuesto sobre Viviendas Infrautilizadas (UHT, por sus siglas en inglés) es un impuesto anual del 1 % sobre el valor de la propiedad de las viviendas vacías o infrautilizadas situadas en Canadá. Previsiblemente, el impuesto se aplicará principalmente a propietarios extranjeros no residentes.
En el pasado, la Agencia Tributaria de Canadá (CRA) no permitía la presentación electrónica de declaraciones a los no residentes, a menos que estuvieran registrados en uno de los portales digitales de la CRA. Para fomentar y facilitar la presentación electrónica de la declaración del UHT, se ha desarrollado un formulario web que permite presentarlo de forma telemática utilizando un Código de Acceso Digital (CAD). Este método de presentación es más eficiente que la presentación en papel y supone una iniciativa pionera para la CRA, ya que los datos del formulario web se vinculan directamente al sistema de procesamiento sin necesidad de introducirlos manualmente.
Tanto las personas físicas como las jurídicas pueden obtener un CAD en línea al instante proporcionando determinada información. En caso de que el contribuyente encuentre alguna dificultad, puede llamar a un servicio de asistencia creado específicamente para atender estas consultas. Cuando se superan todas las comprobaciones predeterminadas del sistema, la declaración puede liquidarse automáticamente sin necesidad de intervención manual.
Hasta noviembre de 2023, la CRA ha recibido aproximadamente 30 000 declaraciones utilizando este método de presentación.
España: Zona Única de Pagos en Euros. Adeudos directos.
España ha introducido medidas para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones de pago a la Agencia Tributaria española (AEAT) cuando residen en el extranjero.
Se han realizado avances normativos y técnicos para que los contribuyentes puedan domiciliar el pago de sus impuestos en cuentas situadas en sus jurisdicciones de residencia, siempre que la entidad esté situada dentro de la Zona Única de Pagos en Euros (SEPA, por sus siglas en inglés). Esto elimina la necesidad de tener una cuenta bancaria en España.
Para más información:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/en_gb/ayuda/consultas-informaticas/pago-impuestos-deudas-tasas-ayuda-tecnica/aplazamiento-fraccionamiento-deudas.html (consultado el 10 de septiembre de 2024).
Fuente: Canadá (2024) y España (2024).
Declaraciones precumplimentadas (borrador de la declaración)
Copy link to Declaraciones precumplimentadas (borrador de la declaración)Una de las innovaciones más destacadas en el diseño del proceso de declaración de impuestos en las dos últimas décadas ha sido el perfeccionamiento de las declaraciones fiscales precumplimentadas, a menudo dirigidas a los contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas. El enfoque de la precumplimentación consiste en que las administraciones completen previamente la declaración del contribuyente o su información en línea a partir de datos de terceros. El contribuyente puede revisar la declaración precumplimentada y presentarla por vía electrónica o en papel. (La Tabla 4.5. Muestra que cada vez son más las administraciones que precumplimentan las declaraciones del IRPF).
Dado que el alcance de la precumplimentación viene determinado, por lo general, por la variedad de fuentes de datos electrónicos de que dispone la administración, para que este enfoque sea viable es fundamental que el marco legislativo prevea obligaciones de información por parte de terceros, de carácter exhaustivo y oportuno, que abarquen la mayor cantidad posible de información relevante sobre los contribuyentes. La complejidad de los marcos jurídicos que rigen en materia impositiva puede suponer un obstáculo para la automatización de los cálculos fiscales; para abordar este desafío, algunas administraciones tributarias están explorando el uso de legislación legible por máquina, una herramienta que facilita la automatización del proceso de cálculo mediante la aplicación de algoritmos. Con ello se reducen los errores y se aligera la carga de los contribuyentes.
Tabla 4.5. Precumplimentación de las declaraciones del IRPF, 2018-22
Copy link to Tabla 4.5. Precumplimentación de las declaraciones del IRPF, 2018-22Porcentaje de administraciones que precumplimentan las declaraciones del IRPF
2018 |
2019 |
2020 |
2021 |
2022 |
Diferencia en puntos porcentuales (2018 - 2022) |
---|---|---|---|---|---|
78,9 |
80,7 |
84,2 |
87,7 |
87,7 |
+8,8 |
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tabla A.99 Cumplimentación previa de declaraciones del IRPF: Información sobre ingresos - Información personal, y sueldos y salarios, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180896 (consultado el 10 de septiembre de 2024).
Inicialmente, los defensores de la precumplimentación fomentaron su uso en regímenes fiscales de personas físicas que permitían relativamente pocas deducciones y créditos, y donde estos podían ser verificados a través de fuentes de datos de terceros. No obstante, gracias a los avances en las tecnologías basadas en reglas, las obligaciones de presentación de información y la aplicación de técnicas de ciencia de datos, hoy en día este enfoque puede adoptarse de forma más generalizada. Por ejemplo, las respuestas a las encuestas muestran que en muchas jurisdicciones las declaraciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) se precumplimentan con información sobre diferentes ingresos y gastos deducibles, como donaciones, gastos escolares y universitarios y primas de seguros (véanse Tabla 4.6. y Tabla 4.7.).
Tabla 4.6. Categorías de información sobre ingresos aportada por terceros utilizada para precumplimentar declaraciones o liquidaciones del IRPF, 2022
Copy link to Tabla 4.6. Categorías de información sobre ingresos aportada por terceros utilizada para precumplimentar declaraciones o liquidaciones del IRPF, 2022Como porcentaje de las administraciones que precumplimentan las declaraciones IRPF
Datos personales del contribuyente |
Sueldos y salarios |
Pensiones |
Intereses |
Dividendos |
Ganancias/pérdidas de capital |
Otros ingresos |
---|---|---|---|---|---|---|
98,0 |
88,0 |
82,0 |
54,0 |
50,0 |
40,0 |
72,0 |
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tablas A.99 Cumplimentación previa de declaraciones del IRPF: Información sobre ingresos - Información personal, y sueldos y salarios, A.100 Cumplimentación previa de declaraciones del IRPF: Información sobre ingresos - Pensiones, intereses y dividendos, y A.101 Cumplimentación previa de declaraciones del IRPF: Información sobre ingresos - Ganancias/pérdidas de capital, y otros ingresos, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180896 (consultado el 10 de septiembre de 2024).
Tabla 4.7. Categorías de gastos fiscalmente deducibles que se utilizan para precumplimentar las declaraciones o liquidaciones del IRPF, 2022
Copy link to Tabla 4.7. Categorías de gastos fiscalmente deducibles que se utilizan para precumplimentar las declaraciones o liquidaciones del IRPF, 2022Como porcentaje de las administraciones que precumplimentan las declaraciones IRPF
Donaciones |
Gastos de escolaridad y universitarios |
Gastos de guardería |
Determinadas primas de seguros |
Gastos sanitarios y médicos (distintos de las primas) |
Aportaciones a planes de pensiones/jubilación |
Intereses de préstamos e hipotecas |
Otros gastos |
---|---|---|---|---|---|---|---|
36,0 |
30,0 |
26,0 |
48,0 |
30,0 |
52,0 |
40,0 |
48,0 |
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tablas A.102 Cumplimentación previa de declaraciones del IRPF: Información sobre gastos - Donaciones, gastos de escolaridad y universitarios, y gastos de guardería, A.103 Cumplimentación previa de declaraciones del IRPF: Información sobre gastos - Primas de seguros, gastos médicos y de salud, y aportaciones a planes de pensiones, y A.104 Cumplimentación previa de declaraciones del IRPF: Información sobre gastos - Intereses y otros gastos https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180896 (consultado el 10 de septiembre de 2024).
Cada vez son más las jurisdicciones en las que este concepto ha evolucionado hasta permitir la elaboración de declaraciones del IRPF totalmente precumplimentadas, que el contribuyente debe aceptar (pudiendo considerarse aceptada una vez transcurrido un determinado período de tiempo) o proporcionar información adicional que puede dar lugar a un ajuste al alza o a la baja (véase la Tabla A.53). En su forma más avanzada, se están generando declaraciones precumplimentadas completas para un gran porcentaje de los contribuyentes personas físicas. Además, las nuevas soluciones y enfoques tecnológicos disponibles, como los sistemas de facturación electrónica, permiten a las administraciones tributarias ir más allá de las declaraciones del IRPF y precumplimentar las declaraciones del IS, las retenciones a cuenta sobre los salarios y el IVA (véanse las Tablas A.49, A.57 y A.62).
En el Recuadro 4.2 se describen los últimos avances en materia de precumplimentación de algunas jurisdicciones.
Recuadro 4.2. Ejemplos: avances en materia de precumplimentación de declaraciones
Copy link to Recuadro 4.2. Ejemplos: avances en materia de precumplimentación de declaracionesAustralia: precumplimentación de las declaraciones de actividad
La Agencia Tributaria australiana (ATO) está empleando los datos proporcionados por los empleadores para mejorar la experiencia de presentación de información de estos y simplificar sus obligaciones fiscales.
Las empresas registradas a efectos del impuesto sobre bienes y servicios (GST), los pagos fraccionados del sistema Pay As You Go (PAYG) u otros tipos de retención a cuenta, han de presentar, a lo largo del año, una declaración de actividad a la ATO para comunicar determinada información. Cuando un contribuyente va a presentar su declaración de actividad en línea a través de los servicios de la ATO, el importe del impuesto retenido bajo el régimen Pay As You Go Withholding (PAYGW), reportado previamente a la ATO, aparece ya cumplimentado en las casillas correspondientes de la declaración de actividad. El empleador puede optar por aceptar dicho importe o modificarlo, ya sea al alza o a la baja, si es necesario.
La ATO también está llevando a cabo un programa piloto que utiliza los datos del sistema de nómina única (STP, por sus siglas en inglés) proporcionados por el empleador para contabilizar los importes del PAYGW cuando un contribuyente no haya presentado su declaración de actividad en plazo. Si el empleador ha comunicado los importes de las retenciones PAYGW a través del STP pero no ha presentado su declaración de actividad, la ATO le remitirá un escrito recordándoselo o, si no hay cambios en tales importes, los anotará en su cuenta de contribuyente.
Lo mismo ocurrirá en caso de no obtener respuesta por parte del empleador; el importe de las retenciones PAYGW se registrará en su cuenta, y si no tiene otras obligaciones declarables, la declaración de actividad se considerará finalizada. No obstante, el contribuyente deberá presentar la declaración de actividad en caso de que tenga otras obligaciones declarables, como el impuesto sobre bienes y servicios (GST).
Esta estrategia garantiza un campo de juego más equitativo entre los empleadores cumplidores y aquellos que no lo son. De esta forma, quienes retrasen la presentación de sus declaraciones de actividad para eludir la declaración y el pago de sus obligaciones bajo el régimen de retención PAYGW ya no obtendrán una ventaja injusta sobre quienes declaren y paguen a su debido tiempo.
Canadá: proceso exclusivamente digital para solicitar el Crédito Fiscal por Discapacidad
En mayo de 2023, la CRA (Agencia Tributaria de Canadá) agilizó y facilitó a las personas con discapacidad y a sus médicos la cumplimentación del formulario de solicitud del Crédito Fiscal por Discapacidad (DTC, por sus siglas en inglés), implantando un nuevo proceso de solicitud totalmente digital.
Los solicitantes pueden ahora completar la primera parte del formulario de solicitud en línea a través del apartado «Mi cuenta». Para simplificar aún más el proceso de solicitud y ahorrar tiempo, la parte del formulario dirigida al solicitante aparece precumplimentada con información que ya obra en poder de la CRA. Una vez cumplimentado, el solicitante recibe un número de referencia único y de un solo uso que debe facilitar a su médico, quien lo utilizará para rellenar la segunda parte del formulario.
Dado que los médicos habían señalado que el formulario actual del Crédito Fiscal por Discapacidad no era lo suficientemente transparente en cuanto a la información requerida, la CRA introdujo escalas psicométricas, menús desplegables y botones interactivos para hacerlo más dinámico y recopilar información más pertinente a través de preguntas específicas utilizando técnicas de divulgación proactiva. La aplicación digital, al incorporar conceptos de diseño centrados en la experiencia del cliente y del usuario, ha logrado dar una mejor respuesta a las necesidades de los contribuyentes.
La respuesta de la comunidad médica ha sido extremadamente positiva, con resultados medibles, entre los que destaca una reducción del 60 % en el número de escritos de aclaración emitidos.
China (República Popular de): cierre anual del impuesto de sociedades
Para reducir el tiempo que se tarda en liquidar los impuestos y ofrecer servicios más convenientes a los contribuyentes, la República Popular de China ha puesto en marcha un nuevo modelo para las devoluciones resultantes del cierre anual del impuesto de sociedades. Esto incluye:
Simplificar el proceso de devolución de impuestos para que, una vez que el contribuyente presenta su declaración, el sistema calcule el importe a devolver y le envíe una notificación, de modo que este solo tenga que aceptarla con un clic, en lugar de rellenar la solicitud de devolución de impuestos punto por punto. Además, esta información se transmite automáticamente al departamento de tesorería, lo que también aumenta enormemente la eficacia.
Introducir el mecanismo de revisión inteligente en el que el sistema comprueba automáticamente los riesgos asociados al contribuyente y, si cumple con los requisitos para la devolución de impuestos, este se procesa automáticamente siguiendo el procedimiento descrito; de lo contrario, se transferirá al proceso tradicional de devolución llevado a cabo por funcionarios de la administración tributaria.
Acortar el plazo de devolución de impuestos para que la devolución se revise el mismo día en que el contribuyente presenta la declaración, lo que supone una reducción considerable respecto al plazo tradicional de 30 días.
Este modelo no solo ha mejorado la experiencia operativa de los contribuyentes, sino que también ha eliminado las cargas administrativas para los funcionarios de la administración tributaria.
Países Bajos: declaración simplificada de impuestos
Desde 2022, los Países Bajos emiten una declaración tributaria electrónica simplificada (IRPF) para los contribuyentes cuya situación fiscal es sencilla.
En el pasado, estos contribuyentes tenían que rellenar un formulario de declaración que incluía todo tipo de preguntas relacionadas con los ingresos, y que solo estaba parcialmente precumplimentado. Ahora, solo tienen que responder a un número mínimo de preguntas que se responden con un sí o un no y confirmar la información precumplimentada sobre sus ingresos y, si procede, acerca de la titularidad de su vivienda. Si los contribuyentes no están de acuerdo con la información precumplimentada, pueden optar por la declaración ordinaria.
Esto ha reducido significativamente las cargas de cumplimiento para los contribuyentes, ya que el 86,5 % afirma que el nuevo servicio ha supuesto una mejora.
Fuente: Australia (2024), Canadá (2024), China (República Popular de) (2024) y Países Bajos (2024).
A medida que aumenta la cantidad de datos disponibles para la precumplimentación, las administraciones tributarias pueden desarrollar técnicas predictivas que detecten los errores que cometen los contribuyentes al completar su declaración y también prevenir el incumplimiento. En ediciones anteriores figuran ejemplos en este sentido. Véase, por ejemplo, el Recuadro 4.3. en Tax Administration 2022 (OECD, 2022[1]). Estas técnicas pueden combinarse con mecanismos que inciten a la acción, creando enfoques de cumplimiento totalmente nuevos que anticipan la labor de comprobación y la integran directamente en los procesos de la administración tributaria, como se destaca en el Recuadro 4.3.
Recuadro 4.3. Ejemplos: detección de errores
Copy link to Recuadro 4.3. Ejemplos: detección de erroresHungría: sistema de IVA electrónico
El 1 de enero de 2024, la Administración Nacional de Impuestos y Aduanas de Hungría (NTCA) puso en marcha el sistema de IVA electrónico, cuyo objetivo es reducir la carga administrativa asociada a la preparación de las declaraciones del IVA. La nueva solución para la presentación de declaraciones combina tres innovaciones principales:
1. Los datos basados en transacciones recopilados por la NTCA se envían al contribuyente. Esto permite a los usuarios ver y clasificar en el formulario de declaración los datos de las cajas registradoras en línea, los informes de datos de facturas en línea y las declaraciones aduaneras.
2. Sobre la base de un algoritmo para los datos disponibles, la NTCA recomienda a los contribuyentes en qué línea de la declaración deben consignar cada transacción.
3. En el marco de la «función previa a la inspección», se aplican una serie de normas de validación a la lista de documentos justificativos y se prepara el borrador de la declaración tributaria tal y como se ha descrito anteriormente, en el cual y en el momento previo a la presentación de la declaración, se señalan errores previamente detectados en el proceso de inspección posterior. Este servicio debería reducir significativamente el número de declaraciones erróneas.
El sistema pretende satisfacer las necesidades de una amplia gama de clientes mediante dos interfaces diferentes. Se ha desarrollado una interfaz web fácil de usar para microempresas y pequeñas empresas, mientras que las empresas más grandes disponen de una solución de máquina a máquina, que garantiza la compatibilidad necesaria para la comunicación automatizada entre el sistema de IVA electrónico y el software de gestión. De momento, el uso del nuevo servicio es opcional para los contribuyentes.
Para más información, véase: https://youtu.be/zqr8gHiBMnI (consultado el 25 de octubre de 2024).
España: autocorrección de errores en las declaraciones del IRPF
Con el fin de reforzar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y reducir las cargas administrativas de los contribuyentes, a partir de 2024 se les brinda la posibilidad de corregir determinados errores cometidos al presentar su declaración del IRPF. Para ello, se les envía una autoliquidación complementaria cumplimentada previamente por la AEAT, que se notifica al contribuyente y que este puede aceptar o rechazar. Lo anterior podrá realizarse tanto en el período voluntario como una vez finalizado este.
No todos los errores de la autoliquidación se corregirán a través de este sistema, sino solo aquellos que se deriven de discrepancias entre los datos incluidos directamente en la declaración del IRPF calculada por la AEAT y los declarados por el contribuyente.
Fuente: Hungría (2024) y España (2024).
Presentación en plazo de las declaraciones
Copy link to Presentación en plazo de las declaracionesAun teniendo en cuenta los cambios derivados de la proliferación de regímenes basados en la precumplimentación o que no requieren la presentación de una declaración, lo cierto es que la presentación de una declaración tributaria sigue siendo el principal medio para establecer la obligación tributaria y hacerla exigible. En consecuencia, el porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo se considera un indicador fiable de la salud del sistema tributario, así como del funcionamiento de la propia administración tributaria.
Tradicionalmente, la encuesta ISORA medía el cumplimiento de los plazos de presentación de las declaraciones relacionando el número de declaraciones presentadas a tiempo con el número total de declaraciones previstas. Sin embargo, la encuesta ISORA de 2023 introdujo un nuevo parámetro que permite medir la tasa de presentación puntual de declaraciones también en relación con el número total de declaraciones recibidas.
La Tabla 4.8. resume el porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo en las administraciones que proporcionaron información por tipo de impuesto. En cuanto al porcentaje de presentación dentro de plazo en relación con el número de declaraciones previstas, a excepción del IS, este se sitúa en torno al 85 %. El panorama es similar cuando se calcula el porcentaje de presentación dentro de plazo en relación con el número de declaraciones recibidas, donde los porcentajes de presentación puntual de las declaraciones del IRPF, las retenciones a cuenta sobre los salarios y el IVA se sitúan en torno al 90 %, mientras que en el IS es 5 puntos porcentuales menor. Los índices más bajos de presentación en plazo del IS pueden explicarse por la mayor complejidad de dicho tributo y la dificultad que entraña la preparación de los estados financieros y los informes de fin de año.
Como se preveía, los índices de presentación en plazo expresados como el número de declaraciones recibidas a tiempo como porcentaje del total de declaraciones recibidas son notablemente más altos que los índices de presentación en plazo expresados en relación con el número de declaraciones previstas.
Tabla 4.8. Promedio (en porcentaje) de presentación dentro de plazo por tipo de impuesto, 2018-22
Copy link to Tabla 4.8. Promedio (en porcentaje) de presentación dentro de plazo por tipo de impuesto, 2018-22
Tipo de impuesto |
Declaraciones presentadas dentro de plazo como porcentaje del total de declaraciones previstas |
Declaraciones presentadas dentro de plazo como porcentaje del total de declaraciones presentadas |
||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
# de jurisdicciones |
2018 |
2019 |
2020 |
2021 |
2022 |
# de jurisdicciones |
2022 |
|
Impuesto sobre la renta de las personas físicas |
36 jurisdicciones |
88,3 |
85,7 |
85,6 |
84,8 |
84,3 |
50 jurisdicciones |
90,3 |
Impuesto de sociedades |
39 jurisdicciones |
76,6 |
77,4 |
76,5 |
77,4 |
75,9 |
50 jurisdicciones |
85,4 |
Retenciones sobre el salario |
25 jurisdicciones |
88,0 |
87,6 |
86,3 |
87,1 |
86,9 |
39 jurisdicciones |
93,2 |
Impuesto sobre el valor agregado |
42 jurisdicciones |
86,7 |
85,9 |
85,5 |
84,6 |
85,8 |
49 jurisdicciones |
89,4 |
Nota: La tabla muestra los porcentajes promedio de presentación en plazo en las jurisdicciones que proporcionaron información sobre los años 2018 a 2022, en relación con el total de declaraciones previstas; y respecto al año 2022, en relación con el total de declaraciones presentadas. En la tabla se muestra el número de jurisdicciones para las que se disponía de datos.
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tablas D.22 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: IS, D.23 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: IRPF, D.24 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: retenciones a cuenta sobre los salarios, y D.25 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: IVA, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180900 (consultado el 10 de septiembre de 2024).
La Tabla 4.9. muestra la evolución de los porcentajes presentación en plazo de declaraciones, las cuales, debido a la disponibilidad de series temporales, se expresan como un porcentaje del total de declaraciones previstas. En promedio, esto se ha mantenido prácticamente estático entre 2014 y 2022, si bien los datos de referencia relativos a la presentación en plazo muestran una variación significativa en la evolución de los porcentajes de presentación en plazo entre jurisdicciones. Cabe señalar que la tabla solo tiene en cuenta la información de las jurisdicciones en las que se disponía de datos tanto para el año 2014 como para el 2022, lo que explica las diferencias en los promedios de 2022 que se muestran en la Tabla 4.8. y la Tabla 4.9.
La variación de los porcentajes de presentación dentro de plazo (expresados como porcentaje del total de declaraciones presentadas) por jurisdicción también queda patente en:
El Gráfico 4.1., que muestra el rango de los porcentajes de presentación dentro de plazo en los principales tipos de impuestos. En varias jurisdicciones, este rango es muy significativo.
El Gráfico 4.2., que muestra los porcentajes de presentación dentro de plazo en el IRPF y el IS.
Tabla 4.9. Promedio (en porcentaje) de presentación dentro de plazo por tipo de impuesto, 2014 y 2022
Copy link to Tabla 4.9. Promedio (en porcentaje) de presentación dentro de plazo por tipo de impuesto, 2014 y 2022Declaraciones presentadas dentro de plazo como porcentaje del total de declaraciones previstas
Tipo de impuesto |
2014 |
2022 |
Diferencia en puntos porcentuales |
N.º de jurisdicciones con un porcentaje decreciente de presentación dentro de plazo |
N.º de jurisdicciones con un porcentaje creciente de presentación dentro de plazo |
---|---|---|---|---|---|
Impuesto sobre la renta de las personas físicas (38 jurisdicciones) |
86,1 |
85,7 |
-0,4 |
18 |
20 |
Impuesto de sociedades (36 jurisdicciones) |
80,0 |
78,5 |
-1,5 |
17 |
19 |
Retenciones sobre el salario (18 jurisdicciones) |
86,9 |
90,0 |
+3,1 |
10 |
8 |
Impuesto sobre el valor agregado (37 jurisdicciones) |
86,0 (2016) |
85,8 |
-0,2 |
23 |
14 |
Nota: La tabla muestra los promedios de presentación dentro de plazo para aquellas jurisdicciones que proporcionaron la información para los años 2014 y 2022. Entre paréntesis figura el número de jurisdicciones que presentaron datos. Con respecto al IVA, la tabla compara información de los años 2016 y 2022, ya que la pregunta de la encuesta se modificó a partir de la ISORA de 2018.
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tablas D.22 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: IS, D.23 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: IRPF, D.24 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: retenciones a cuenta sobre los salarios, y D.25 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: IVA, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180900 (consultado el 10 de septiembre de 2024), OCDE (2017), Tax Administration 2017: Comparative Information on OECD and Other Advanced and Emerging Economies, Tabla A.6., https://doi.org/10.1787/tax_admin-2017-en, y OECD (2019), Tax Administration 2019: Comparative Information on OECD and Other Advanced and Emerging Economies, Tabla D.12., https://doi.org/10.1787/74d162b6-en.
Gráfico 4.1. Rango de cumplimiento de los plazos de presentación en los principales tipos de impuestos, 2022
Copy link to Gráfico 4.1. Rango de cumplimiento de los plazos de presentación en los principales tipos de impuestos, 2022Declaraciones presentadas dentro de plazo como porcentaje del total de declaraciones presentadas

Nota: El gráfico muestra, para cada jurisdicción, el rango de cumplimiento de los plazos de presentación en 2022 para los cuatro tipos de impuestos: IRPF, IS, retenciones sobre el salario e IVA (si procede). Solo incluye jurisdicciones para las que se dispone de información sobre, al menos, dos tipos de impuestos.
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tablas D.22 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: IS, D.23 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: IRPF, D.24 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: retenciones sobre los salarios, y D.25 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: IVA, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180900 (consultado el 10 de septiembre de 2024).
Gráfico 4.2. Porcentajes de presentación dentro de plazo en el IRPF y el IS, 2022
Copy link to Gráfico 4.2. Porcentajes de presentación dentro de plazo en el IRPF y el IS, 2022Declaraciones presentadas dentro de plazo como porcentaje del total de declaraciones presentadas

Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tablas D.22 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: IS, y D.23 Porcentaje de declaraciones presentadas dentro de plazo: IRPF, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180900 (consultado el 10 de septiembre de 2024).
Dado el impacto que tienen en los índices de cumplimiento, muchas administraciones tributarias están empleando técnicas de persuasión basadas en el análisis conductual para fomentar una presentación más puntual y precisa de las declaraciones. Los resultados son prometedores, ya que varias administraciones tributarias han informado que este tipo de incentivos aplicados en puntos clave del proceso de presentación pueden mejorar significativamente la puntualidad en el cumplimiento. Esto no solo está incrementando los índices de cumplimiento, sino que también libera recursos que pueden ser redirigidos hacia otros ámbitos. El Capítulo 6 proporciona información adicional sobre el uso de estos enfoques conductuales.
Puntualidad en el pago de los impuestos
Copy link to Puntualidad en el pago de los impuestosEl pago de impuestos constituye una de las interacciones más frecuentes entre los contribuyentes y las administraciones tributarias, especialmente en el caso de las empresas, que suelen estar obligadas a remitir periódicamente una serie de pagos relacionados tanto con sus propias obligaciones fiscales como con las de sus empleados. Las administraciones continúan ampliando la gama de opciones de pago electrónico y fomentando su uso. Este progreso no solo reduce los costos para la administración, sino que también puede mejorar la puntualidad de los pagos y reducir la morosidad, al facilitar el acceso y ofrecer una experiencia de pago más eficiente. Un avance significativo es el aumento de las facilidades de pago que se incorporan a los sistemas naturales de los contribuyentes. Con ello se logra que el proceso de pago sea más fluido, ya que los contribuyentes pueden realizar los pagos directamente desde su software bancario o de contabilidad.
Tradicionalmente, y de forma similar a cómo se medía la presentación dentro de plazo de las declaraciones, la encuesta ISORA medía el pago puntual relacionando el valor de los pagos percibidos puntualmente con el valor total de los pagos vencidos. La encuesta ISORA de 2023 introdujo un nuevo parámetro que permite medir también el porcentaje de puntualidad en el pago en relación con el valor total de los pagos percibidos.
En las tablas 4.10. y 4.11. se resumen los porcentajes de puntualidad en el pago de las administraciones que proporcionaron información por tipo de impuesto. La Tabla 4.10. muestra que la ligera reducción en los porcentajes de puntualidad en el pago (expresados sobre el total de pagos vencidos) que puede observarse en los años 2020 y 2021 también se da en 2022 en relación con el IRPF, las retenciones a cuenta sobre los salarios y el IVA. Únicamente respecto al IS el porcentaje promedio de puntualidad en el pago ha vuelto a su valor anterior a la pandemia. Aparte del IRPF, los porcentajes se sitúan entre el 85 % y el 90 %. Del mismo modo, si se observan los porcentajes de puntualidad en el pago en relación con el total de pagos percibidos, los porcentajes respecto del IS, las retenciones a cuenta sobre los salarios y el IVA se sitúan en torno al 90 %, mientras que en el caso del IRPF ronda el 85 %.
Tabla 4.10. Promedio (en porcentaje) de puntualidad en el pago por tipo de impuesto, 2018-22
Copy link to Tabla 4.10. Promedio (en porcentaje) de puntualidad en el pago por tipo de impuesto, 2018-22
Tipo de impuesto |
Pagos realizados a tiempo como porcentaje del total de los pagos vencidos |
Pagos realizados a tiempo como porcentaje del total de los pagos percibidos |
||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
# de jurisdicciones |
2018 |
2019 |
2020 |
2021 |
2022 |
# de jurisdicciones |
2022 |
|
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas |
29 jurisdicciones |
81,7 |
81,1 |
78,7 |
75,8 |
76,8 |
35 jurisdicciones |
84,4 |
Impuesto de sociedades |
31 jurisdicciones |
84,4 |
84,2 |
81,5 |
82,3 |
83,8 |
36 jurisdicciones |
89,2 |
Retenciones sobre el salario |
28 jurisdicciones |
94,4 |
94,2 |
91,0 |
90,8 |
89,7 |
32 jurisdicciones |
91,6 |
Impuesto sobre el valor agregado |
31 jurisdicciones |
87,8 |
87,9 |
86,3 |
86,1 |
85,5 |
33 jurisdicciones |
89,5 |
Nota: La tabla muestra los porcentajes promedio de puntualidad en el pago en las jurisdicciones que proporcionaron información sobre los años 2018 a 2022, en relación con el valor total de los pagos vencidos; y respecto al año 2022, en relación con el valor total de los pagos percibidos. En la tabla se muestra el número de jurisdicciones para las que se disponía de datos.
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tablas D.36 Porcentaje de pagos percibidos a tiempo: IS, D.37 Porcentaje de pagos percibidos a tiempo: IRPF, D.38 Porcentaje de pagos percibidos a tiempo: retenciones a cuenta sobre los salarios, y D.39 Porcentaje de pagos percibidos a tiempo: IVA, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180902 (consultado el 10 de septiembre de 2024).
Al analizar la Tabla 4.11., que muestra las variaciones en los porcentajes promedio de puntualidad en el pago entre 2014 y 2022, parece que estos han disminuido en todos los tipos de impuestos. Sin embargo, al examinar los datos por jurisdicción, resulta evidente que el número de jurisdicciones con porcentajes decrecientes y el de aquellas con porcentajes crecientes se dividen casi a partes iguales. Además, el número de administraciones que proporcionaron datos sobre puntualidad en el pago es muy bajo.
Tabla 4.11. Promedio (en porcentaje) de puntualidad en el pago por tipo de impuesto, 2014 y 2022
Copy link to Tabla 4.11. Promedio (en porcentaje) de puntualidad en el pago por tipo de impuesto, 2014 y 2022Pagos percibidos a tiempo como porcentaje del total de los pagos vencidos
Tipo de impuesto |
2014 |
2022 |
Diferencia en puntos porcentuales |
N.º de jurisdicciones con un porcentaje decreciente de pagos puntuales |
N.º de jurisdicciones con un porcentaje creciente de pagos puntuales |
---|---|---|---|---|---|
Impuesto sobre la renta de las personas físicas (16 jurisdicciones) |
80,7 |
77,3 |
-3,4 |
10 |
6 |
Impuesto de sociedades (16 jurisdicciones) |
90,1 |
86,7 |
-3,4 |
8 |
8 |
Retenciones sobre el salario (14 jurisdicciones) |
93,0 |
90,2 |
-2,8 |
6 |
8 |
Impuesto sobre el valor agregado (18 jurisdicciones) |
88,8 |
88,3 |
-0,5 |
8 |
10 |
Nota: La tabla muestra los promedios de la presentación dentro de plazo para aquellas jurisdicciones que proporcionaron la información para los años 2014 y 2022. Entre paréntesis figura el número de jurisdicciones que presentaron datos. Los datos de Costa Rica se han excluido de los cálculos, ya que distorsionarían los promedios.
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tablas D.36 Porcentaje de pagos percibidos a tiempo: IS, D.37 Porcentaje de pagos percibidos a tiempo: IRPF, D.38 Porcentaje de pagos percibidos a tiempo: retenciones a cuenta sobre los salarios, y D.39 Porcentaje de pagos percibidos a tiempo: IVA, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180902 (consultado el 10 de septiembre de 2024), y OCDE (2017), Tax Administration 2017: Comparative Information on OECD and Other Advanced and Emerging Economies, Tabla A.9., https://doi.org/10.1787/tax_admin-2017-en.
En varias jurisdicciones, el rango de pagos puntuales representado en el Gráfico 4.3. muestra una brecha significativa entre los principales tipos de impuestos, superando en algunos casos los 30 puntos porcentuales.
Gráfico 4.3. Rango de desempeño de la puntualidad en el pago entre los principales tipos de impuestos, 2022
Copy link to Gráfico 4.3. Rango de desempeño de la puntualidad en el pago entre los principales tipos de impuestos, 2022Pagos percibidos a tiempo como porcentaje del total de pagos percibidos

Nota: El gráfico muestra, para cada jurisdicción, el rango de desempeño de la puntualidad en el pago en 2022 en los cuatro tipos de impuestos: IRPF, IS, retenciones sobre el salario e IVA (si procede). Solo incluye jurisdicciones para las que se dispone de información sobre, al menos, dos tipos de impuestos.
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tablas D.36 Porcentaje de pagos percibidos a tiempo: IS, D.37 Porcentaje de pagos percibidos a tiempo: IRPF, D.38 Porcentaje de pagos percibidos a tiempo: retenciones a cuenta sobre los salarios, y D.39 Porcentaje de pagos percibidos a tiempo: IVA, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180902 (consultado el 10 de septiembre de 2024).
Las futuras ediciones de este informe continuarán haciendo un seguimiento de estas tendencias, y la recuperación y el incremento de los porcentajes de puntualidad en el pago seguirán mereciendo, sin duda, la atención prioritaria de las administraciones, dada la magnitud de los ingresos en juego; no en vano, son muchas las administraciones tributarias que informan de que están invirtiendo recursos adicionales en este ámbito, para facilitar los pagos y conseguir que se realicen en tiempo real.
Devoluciones y créditos
Copy link to Devoluciones y créditosDado el diseño subyacente de los principales impuestos administrados (es decir, IRPF, IS e IVA), resulta inevitable que una parte de los contribuyentes pague más de lo debido. Los pagos excesivos de impuestos representan un costo de oportunidad para los contribuyentes, lo cual es particularmente crítico para las empresas que operan con márgenes ajustados y dependen de una gestión eficaz del flujo de caja. Por lo tanto, cualquier retraso en la devolución de impuestos pagados en exceso de forma legítima puede generar «costos» significativos para los contribuyentes.
La Tabla 4.12. muestra los diferentes enfoques en el tratamiento de las devoluciones del IVA, y destaca que la mayoría de las administraciones realizan las devoluciones de forma inmediata. Esto es útil para las empresas, pero las administraciones tributarias deben seguir prestando atención a los riesgos de fraude. Los regímenes fiscales en los que se producen muchas devoluciones de impuestos resultan especialmente atractivos para los defraudadores (en particular, para los que actúan a través de la delincuencia organizada), por lo que es necesario adoptar enfoques eficaces basados en el riesgo orientados a detectar posibles solicitudes fraudulentas de devolución.
Tabla 4.12. Tratamiento de las devoluciones del IVA, 2022
Copy link to Tabla 4.12. Tratamiento de las devoluciones del IVA, 2022
Porcentaje de jurisdicciones en las que... |
|||
---|---|---|---|
La devolución del IVA se efectúa automáticamente y de forma inmediata. |
La devolución del IVA se efectúa de forma inmediata, siempre que haya fondos disponibles. |
La devolución del IVA se contabiliza como un «crédito» en la cuenta del contribuyente, hasta el momento en que este pueda solicitar legalmente la devolución. |
La devolución del IVA se contabiliza como un «crédito» en la cuenta del contribuyente, hasta el momento en que este pueda solicitar legalmente la devolución, siempre que haya fondos disponibles. |
60,0 |
1,8 |
34,5 |
3,6 |
Fuente: CIAT, OIAT, FMI, OCDE, Encuesta Internacional sobre Administración Tributaria, Tabla A.72 Tratamiento de la mayoría de las devoluciones del IVA aprobadas, https://data.rafit.org/regular.aspx?key=74180910 (consultado el 14 de junio de 2024).
Bibliografía
[1] OECD (2022), Tax Administration 2022: Comparative Information on OECD and other Advanced and Emerging Economies, OECD Publishing, Paris, https://doi.org/10.1787/1e797131-en.
[3] OECD (2019), Tax Administration 2019: Comparative Information on OECD and other Advanced and Emerging Economies, OECD Publishing, Paris, https://doi.org/10.1787/74d162b6-en.
[2] OECD (2017), Tax Administration 2017: Comparative Information on OECD and Other Advanced and Emerging Economies, OECD Publishing, Paris, https://doi.org/10.1787/tax_admin-2017-en.