La colusión en las licitaciones puede adoptar múltiples formas. Con frecuencia se manifiesta a través de las siguientes estrategias: ofertas de cobertura, consistentes en presentar ofertas que el órgano de contratación no puede aceptar con el fin de aparentar competencia efectiva; supresión de ofertas, que implica abstenerse de presentar ofertas o retirarlas para que una empresa determinada resulte adjudicataria; rotación de ofertas, mediante la cual las empresas se alternan como adjudicatarias; o reparto del mercado, que supone dividir el mercado y acordar no competir por determinados clientes, regiones, licitaciones o productos. Estas estrategias no son las únicas ni son excluyentes entre sí, y pueden combinarse de distintas maneras.
Determinados factores de oferta y demanda pueden facilitar la colusión. Por ejemplo, una elevada concentración del mercado, la simetría entre los participantes, las barreras de entrada significativas o la baja innovación son factores del lado de la oferta que pueden favorecer la formación de cárteles. Entre los factores de la demanda se encuentran la previsibilidad y la repetición de las licitaciones. Las autoridades de contratación deben comprender las características del mercado en el que operan y mantener una especial vigilancia cuando concurran estos factores.
Los riesgos de colusión pueden reducirse mediante un diseño cuidadoso de las licitaciones públicas. Las Directrices incluyen una Lista de Diseño de Licitaciones que detalla una serie de medidas destinadas a planificar y ejecutar los procesos de contratación de forma que se limiten los riesgos de colusión. Entre estas medidas se encuentran el conocimiento del mercado y de los posibles proveedores, la adopción de requisitos de participación y criterios de adjudicación que favorezcan la competencia, el uso de la contratación electrónica y la advertencia a los licitadores sobre la existencia y el alcance de las sanciones por colusión en las licitaciones.
Es esencial conocer los indicios de colusión a fin de poder identificarlos y comunicarlos a la autoridad de competencia. Los acuerdos colusorios son difíciles de detectar, ya que suelen negociarse en secreto. Las Directrices incluyen una Lista de Detección de la Colusión en las Licitaciones que establece señales de alerta destinadas a facilitar la identificación y notificación de posibles prácticas colusorias. Estas señales incluyen patrones inusuales de ofertas o precios, así como conductas o declaraciones sospechosas por parte de los licitadores. Se recomienda contrastar las sospechas fundadas con la autoridad de competencia competente.
Los responsables de la contratación pública deben estar informados de los requisitos del derecho de la competencia aplicables a la contratación pública. Los programas de formación en materia de colusión y detección de cárteles, así como la elaboración de directrices conforme a las presentes Directrices, pueden contribuir a este objetivo.
La colusión en las licitaciones puede concurrir con otras infracciones, como la corrupción o el fraude. Ello exige sensibilizar a las autoridades encargadas de la aplicación de la ley sobre sus respectivos ámbitos y fomentar una estrecha cooperación entre ellas.
Las autoridades de competencia deben cooperar, de manera formal o informal, o ambas, con las autoridades de contratación pública y otras autoridades públicas, en consonancia con la Recomendación, que insta a las autoridades de competencia a colaborar con autoridades de contratación, autoridades anticorrupción y de auditoría y, en su caso, los ministerios públicos o fiscalías. En particular, las Directrices destacan la importancia de las relaciones interinstitucionales, incluido el intercambio de datos, información y experiencias, la creación de grupos de trabajo, la facilitación del intercambio de personal y la aplicación de instrumentos de cooperación a nivel nacional e internacional.