Sostener la integridad judicial es esencial para permitir a los jueces y fiscales realizar su papel en el cumplimiento de leyes y normativas, y garantizar la rendición de cuentas en casos de infracción de normativas anticorrupción. La mayoría de los países tienen en orden salvaguardias de integridad judicial y de la fiscalía, sin embargo, los procedimientos de selección, nombramiento y promoción de jueces y fiscales basados en el mérito podrían mejorarse para proteger su integridad. Las normas de conducta para jueces y fiscales son comunes, pero su implementación podría mejorar, especialmente en lo relativo a conflictos de intereses. En general, se implementan mecanismos de denuncia de faltas de conducta judiciales y fiscales, pero podrían ser mejorados través de mayor sensibilización de mecanismos de denuncia mejor y formación del personal sobre la gestión de reportes.
Perspectivas de anticorrupción e integridad 2026
8. Integridad del sistema judicial
Copiar enlace a 8. Integridad del sistema judicialResumen
Introducción
Copiar enlace a IntroducciónLos jueces y fiscales son agentes clave para hacer cumplir las leyes y normativas y garantizar la rendición de cuentas por delitos de corrupción e infracciones de las políticas anticorrupción. Para desempeñar estas funciones con eficacia y defender el Estado de derecho, los jueces y fiscales deben ser íntegros, imparciales, honestos y competentes. Por tanto, se necesitan políticas y procesos sólidos que garanticen la meritocracia y protejan contra la influencia indebida y la corrupción en el sistema judicial. Así, el principio 11 de la Recomendación de la OCDE sobre Integridad Pública insta a los países a garantizar que los mecanismos de ejecución ofrezcan respuestas apropiadas a todas las sospechas de infracciones de las normas de integridad pública por parte de los funcionarios públicos y de todas las demás personas o entidades implicadas en las infracciones. Esto incluye garantizar que los casos de corrupción y las infracciones de la integridad se decidan de forma objetiva, justa y basada en fundamentos jurídicos y evidencia (OECD, 2017[11]).
Además, la integridad es un motor clave de la confianza pública en el sistema judicial y, en términos más generales, de la confianza en las instituciones democráticas. Cuando los países adoptan y aplican marcos de integridad sólidos, es más probable que los sistemas judiciales sean percibidos como imparciales y justos. A la inversa, las deficiencias en las salvaguardias de integridad pueden erosionar la confianza pública, independientemente de las garantías jurídicas formales. De hecho, los datos indican que los países miembros de la OCDE cumplen en promedio el 66 % de los criterios de la OCDE sobre salvaguardias normativas para la integridad judicial, mientras que más de la mitad (54 %) también tienen una confianza alta o moderadamente alta en los tribunales y el sistema judicial (OECD, 2026[41]; OECD, 2024[8]).
Este capítulo explora cómo están funcionando las salvaguardias de integridad de los sistemas judiciales y las medidas disciplinarias para los funcionarios públicos de los países miembros y socios de la OCDE. Muestra que:
En la mayoría de los países existen salvaguardias básicas para la integridad judicial y fiscal, pero en muchos de ellos es necesario reforzar los procedimientos de selección, nombramiento y promoción de jueces y fiscales para proteger la independencia judicial y la integridad de la fiscalía.
Existen normas de conducta para jueces y fiscales, pero su implementación podría mejorarse, especialmente en lo que respecta la gestión de los conflictos de intereses.
En general, se están aplicando mecanismos de denuncia de casos de mala conducta judicial y fiscal, incluida la corrupción, pero podrían mejorarse mediante una mayor sensibilización del público sobre los procedimientos de denuncia existentes, así como mediante la formación del personal en la gestión de denuncias.
En la mayoría de los países existen salvaguardias básicas para la integridad judicial y fiscal, pero en muchos de ellos es necesario reforzar los procedimientos de selección, nombramiento y promoción de jueces y fiscales para proteger la independencia judicial y la integridad de la fiscalía
Copiar enlace a En la mayoría de los países existen salvaguardias básicas para la integridad judicial y fiscal, pero en muchos de ellos es necesario reforzar los procedimientos de selección, nombramiento y promoción de jueces y fiscales para proteger la independencia judicial y la integridad de la fiscalíaLa mayoría de los países miembros y socios de la OCDE cuentan con salvaguardias básicas para la integridad judicial y fiscal. Los países miembros de la OCDE cumplen en promedio el 66 % de los criterios de la OCDE en materia de normativa sobre integridad judicial y el mismo porcentaje de criterios sobre integridad de la fiscalía. Los países socios de la OCDE cumplen en promedio el 75 % de los criterios normativos sobre integridad judicial y el 63 % en el caso de la integridad de la fiscalía. Como se muestra en Tabla 8.1, los países suelen tener normativas en vigor para establecer:
Garantías constitucionales para la independencia de los jueces.
Causas objetivas de destitución de jueces y fiscales.
Garantía de permanencia en el cargo para los jueces hasta la edad de jubilación obligatoria, la expiración de su mandato o la destitución.
Circunstancias y relaciones que pueden conducir a situaciones de conflicto de intereses para jueces y fiscales fuera de la función pública, así como sanciones por incumplimiento de las obligaciones en materia de conflicto de intereses en función de la gravedad de la infracción.
Circunstancias en las que jueces y fiscales deben recusarse, así como procedimientos para decidir si deben continuar en el caso o cómo debe resolverse el conflicto de intereses procesal.
Recursos de apelación contra decisiones de la fiscalía relativas a investigaciones penales y contra decisiones de procesar o no procesar.
Tabla 8.1. Puntos fuertes en la normativa sobre integridad judicial y fiscal
Copiar enlace a Tabla 8.1. Puntos fuertes en la normativa sobre integridad judicial y fiscal|
Cumplimiento de los miembros de la OCDE |
Cumplimiento de los países socios de la OCDE |
||
|---|---|---|---|
|
Jueces |
Independencia constitucional |
100 % |
100 % |
|
Motivos de destitución |
93 % |
93 % |
|
|
Permanencia garantizada |
100 % |
93 % |
|
|
Políticas de conflictos de intereses |
77 % |
73 % |
|
|
Recusaciones |
97 % |
100 % |
|
|
Sanciones por conflictos de intereses |
77 % |
87 % |
|
|
Fiscales |
Motivos de destitución |
93 % |
73 % |
|
Políticas de conflictos de intereses |
87 % |
80 % |
|
|
Recusaciones |
90 % |
93 % |
|
|
Sanciones por conflictos de intereses |
80 % |
80 % |
|
|
Recurso de las decisiones de la fiscalía |
83 % |
60 % |
|
Nota: La tabla presenta datos basados en los siguientes 31 países miembros de la OCDE evaluados en 2025: Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Chile, Colombia (jueces), Costa Rica, Chequia, Dinamarca (excepto el criterio 11.2.16), Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Corea, Letonia, Lituania, Luxemburgo, México (fiscales), Países Bajos, Noruega, Portugal, República Eslovaca, Eslovenia, España, Suecia, Suiza, Turquía y Estados Unidos (excepto los criterios 11.2.3 y 11.2.28). No se facilitan datos sobre los criterios relativos a normativas y práctica de Colombia (fiscales), Estonia, Islandia, Israel, Japón, México (jueces), Nueva Zelanda, Polonia y el Reino Unido. Los datos de los países socios de la OCDE se calculan sobre la base de los 15 países siguientes evaluados en 2025: Argentina, Armenia, Brasil, Bulgaria, Croacia, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, Honduras, Indonesia, Moldavia, Perú, Rumanía, Serbia y Ucrania.
Cómo leer: El 93 % de los miembros de la OCDE y el 93 % de los países socios de la OCDE cuentan con leyes que establecen causas objetivas para la destitución de jueces.
Fuente: Indicadores de Integridad Pública de la OCDE (a 10 de marzo de 2026).
Además, la mayoría de los países miembros y socios de la OCDE cuentan con un sistema meritocrático de progresión en la carrera judicial. En la actualidad, el 67 % de los miembros de la OCDE y el 73 % de los países socios de la OCDE cuentan con leyes que establecen procedimientos objetivos para la selección y promoción de jueces que incluyen, como mínimo, exámenes o entrevistas ante un panel evaluador. Estos procedimientos se aplican a lo largo de toda la carrera judicial, incluso para los altos cargos judiciales: solo el 7 % de los miembros de la OCDE y el 20 % de los países socios de la OCDE no aplican procedimientos basados en el mérito para la selección de candidatos a altos cargos judiciales. En la práctica, estos procedimientos suelen estar a cargo de un organismo independiente en el 67 % de los miembros de la OCDE y en el 73 % de los países socios de la OCDE (Figura 8.1). Los retos para salvaguardar el mérito en los procedimientos de selección y promoción también pueden surgir en países en los que los jueces son electos. Los países pueden hacer frente a estos retos garantizando que los criterios objetivos basados en el mérito sean usados para facilitar la selección de personas basados en integridad, competencia e imparcialidad.
Figura 8.1. Procedimientos de selección y promoción de jueces basados en los méritos
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Nota: La figura presenta datos basados en los siguientes 30 países miembros de la OCDE evaluados en 2025: Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Corea, Dinamarca, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal, Chequia, República Eslovaca, Suecia, Suiza y Turquía. No se facilitan datos de Corea, Estonia, Islandia, Israel, Japón, México (jueces), Nueva Zelanda, Polonia y el Reino Unido. Los datos de los países socios de la OCDE se calculan sobre la base de los 15 países siguientes evaluados en 2025: Argentina, Armenia, Brasil, Bulgaria, Croacia, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, Honduras, Indonesia, Moldavia, Perú, Rumanía, Serbia y Ucrania.
Cómo leer: Francia cumple el criterio normativo de "La ley establece procedimientos objetivos y basados en el mérito para la selección y promoción de los jueces" (anillo exterior) y el criterio práctico de "Un organismo independiente realiza exámenes y entrevistas para la selección y promoción de los jueces basándose en el mérito y la competencia" (anillo interior).
Fuente: Indicadores de Integridad Pública de la OCDE (a 10 de marzo de 2026).
En comparación, solo el 43 % de los países miembros de la OCDE y el 40 % de los países socios de la OCDE han adoptado normativas que establecen procedimientos objetivos y basados en el mérito que se aplican a todos los fiscales. Este menor rendimiento en los procedimientos de selección de fiscales puede atribuirse a las diferentes funciones institucionales de jueces y fiscales, y a las diversas tradiciones jurídicas de los distintos países. Mientras que en la mayoría de los países los jueces son totalmente independientes y actúan como árbitros imparciales, en algunos casos los fiscales forman parte del poder ejecutivo. En comparación, 10 países miembros de la OCDE y 8 países socios de la OCDE no cuentan con procedimientos de este tipo para los altos cargos de la fiscalía, como los fiscales generales. Aunque existen varios modelos para el nombramiento de los fiscales generales, una selección meritocrática de los candidatos a estos altos cargos puede reforzar la integridad del ministerio fiscal en su conjunto al garantizar que las personas seleccionadas tengan los conocimientos jurídicos y la experiencia necesarios, así como características de liderazgo íntegro para evitar riesgos de influencia indebida (OECD, 2020[14]). Estas competencias son aún más cruciales en el enjuiciamiento de delitos de corrupción, que puede ser un asunto políticamente delicado. Especialmente en casos de corrupción en alto nivel, los agentes políticos pueden tratar de ejercer una influencia ilegal en las investigaciones. En este contexto, los marcos normativos que regulan la selección y promoción de quienes dirigen dichas investigaciones desempeñan un papel clave a la hora de ofrecer garantías de integridad y de una toma de decisiones imparcial y responsable (OECD, 2024[18]; Council of Europe, 2024[42]; Council of Europe, 2019[43]). Además, los casos de corrupción suelen implicar esquemas financieros complejos que requieren conocimientos técnicos para su investigación eficaz. La detección de esos esquemas y la aplicación general de los sistemas anticorrupción dependen de la selección de fiscales experimentados con capacidades demostradas en esas áreas.
Más allá del mérito, la integridad judicial también depende de la independencia de los organismos que toman decisiones sobre el nombramiento y la promoción de los jueces. Estos organismos pueden garantizar su independencia funcionando de forma autónoma con respecto al poder ejecutivo y legislativo, por ejemplo, mediante criterios transparentes para la selección, nombramiento y destitución de sus miembros. Para evitar riesgos de corporativismo, estos organismos pueden tener una composición mixta, pero las normativas internacionales, como la recomendación de 2010 del Consejo de Europa sobre independencia judicial, subrayan que no menos de la mitad de los miembros deben ser jueces elegidos por sus pares (Council of Europe, 2010[44]).
Aunque varios países (23 miembros de la OCDE y 12 países socios) han creado organismos consultivos con un papel clave en los procedimientos de selección y promoción, solo unos pocos disponen de salvaguardias adecuadas para garantizar la independencia interna y la integridad de sus decisiones. En la actualidad, el 47 % de los países miembros de la OCDE nombran a los jueces basándose en las recomendaciones de un organismo independiente que funciona de forma autónoma con respecto a los poderes ejecutivo y legislativo, y cuyos miembros son seleccionados mediante procesos no partidistas con criterios claros para su nombramiento y destitución. Esto es similar en los países socios de la OCDE, donde el 53 % también basa las decisiones sobre nombramientos judiciales en las recomendaciones de organismos independientes. La proporción de países miembros de la OCDE que implican a organismos independientes en las decisiones de promoción es aún menor, un 40 %. Entre los países socios de la OCDE, el 60 % de ellos tienen actualmente en cuenta las recomendaciones de organismos independientes en las decisiones de promoción (Figura 8.2).
Figura 8.2. Organismos independientes que asesoran sobre el nombramiento y la promoción de jueces en los distintos países
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Nota: La figura presenta datos basados en los siguientes 30 países miembros de la OCDE evaluados en 2025: Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Corea, Dinamarca, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal, Chequia, República Eslovaca, Suecia, Suiza y Turquía. No se facilitan datos de Estonia, Islandia, Israel, Japón, México (jueces), Nueva Zelanda, Polonia y el Reino Unido. Los datos de los países socios de la OCDE se calculan sobre la base de los 15 países siguientes evaluados en 2025: Argentina, Armenia, Brasil, Bulgaria, Croacia, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, Honduras, Indonesia, Moldavia, Perú, Rumanía, Serbia y Ucrania.
Cómo leer: Italia cumple el criterio de "La normativa establece que el nombramiento de los jueces lo decida un organismo independiente" (anillo exterior) y el criterio de "La normativa establece que la promoción de los jueces la decida un organismo independiente" (anillo interior).
Fuente: Indicadores de Integridad Pública de la OCDE (a 10 de marzo de 2026).
En conjunto, estas brechas podrían perjudicar la independencia e imparcialidad del sistema judicial. Las salvaguardias normativas garantizan la existencia de controles y equilibrios, de modo que ninguna rama gubernamental o institución pueda ejercer una influencia desproporcionada sobre cualquier otra. Por ejemplo, cuando las decisiones relativas a la progresión en la carrera judicial se adoptan sin la participación de organismos independientes, los jueces pueden verse expuestos a presiones políticas, lo que conduce a actuaciones judiciales distorsionadas. Tanto los jueces como los fiscales tienen poderes considerables que deben ejercerse de forma legítima y responsable. Por lo tanto, las decisiones basadas en el mérito relativas a su selección y promoción pueden evitar los riesgos potenciales del clientelismo político. Aunque los agentes pueden seguir intentando influir injustamente en el sistema, los procesos objetivos de toma de decisiones hacen más difícil nombrar a personas para los puestos cuando no reúnen los requisitos para ellos (OECD, 2020[14]).
Los mecanismos de recurso son otra medida para garantizar la selección de los candidatos mejor cualificados para los cargos judiciales y fiscales, y que las decisiones pertinentes sean transparentes y responsables. Sin la posibilidad de impugnar esas decisiones, la corrupción o el favoritismo pueden operar sin control. Actualmente, los candidatos judiciales tienen derecho a apelar las decisiones sobre nombramientos y promociones en el 37 % de los países miembros y el 60 % de los países socios de la OCDE. En lo concerniente a los fiscales, los candidatos pueden apelar los procedimientos de selección y promoción en el 40 % de los países miembros de la OCDE y en el 53 % de los países socios de la OCDE (Figura 8.3).
Figura 8.3. Porcentaje de los países en los cuales los candidatos a jueces y fiscales a apelar las decisiones sobre nombramientos y promociones
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Nota: La figura presenta datos basados en los siguientes 31 países miembros de la OCDE evaluados en 2025: Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Chile, Colombia (jueces), Costa Rica, Chequia, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Corea, Letonia, Lituania, Luxemburgo, México (fiscales), Países Bajos, Noruega, Portugal, República Eslovaca, Eslovenia, España, Suecia, Suiza, Turquía y Estados Unidos (jueces). No se facilitan datos de Colombia (fiscales), Estonia, Islandia, Israel, Japón, México (jueces), Nueva Zelanda, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos (11.1.12 y 11.2.4). Los datos de los países socios de la OCDE se calculan sobre la base de los 15 países siguientes evaluados en 2025: Argentina, Armenia, Brasil, Bulgaria, Croacia, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, Honduras, Indonesia, Moldavia, Perú, Rumanía, Serbia y Ucrania.
Cómo leer: El 43 % de los miembros de la OCDE y el 46 % de los países socios de la OCDE cumplen el criterio de "La normativa establece el derecho de los candidatos a recurrir las decisiones relativas a la selección, el nombramiento y la promoción de los fiscales".
Fuente: Indicadores de Integridad Pública de la OCDE (a 10 de marzo de 2026).
Existen normas de conducta para jueces y fiscales, pero su implementación podría mejorarse, especialmente en lo que respecta a la gestión de los conflictos de intereses
Copiar enlace a Existen normas de conducta para jueces y fiscales, pero su implementación podría mejorarse, especialmente en lo que respecta a la gestión de los conflictos de interesesUnas normas de conducta y comportamiento ético específicas para jueces y fiscales pueden ayudar a los funcionarios a afrontar los retos éticos propios de sus cargos. La mayoría de los miembros de la OCDE y de los países socios de la OCDE tienen normas establecidas y a disposición del público. Sin embargo, las medidas para facilitar la implementación de las normas, incluidos los mecanismos de orientación y consulta, están infrautilizadas (Tabla 8.2). En promedio, el 47 % de los países miembros de la OCDE han creado organismos de asesoramiento en materia de integridad para los jueces y el 53 % para los fiscales. En los países socios de la OCDE, el 53 % cuenta con organismos de asesoramiento en materia de integridad para los jueces, y el 47 % ha establecido estos organismos para los fiscales.
Tabla 8.2. Existen normas de conducta para jueces y fiscales, pero no todos los países han establecido canales de asesoramiento ético
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|
Las normas de conducta y comportamiento ético se publican y son aplicables a todos los jueces |
Dentro del poder judicial existe un órgano consultivo en materia de ética encargado de ofrecer asesoramiento ético confidencial, ya sea de forma individual o entre pares |
Las normas de conducta y comportamiento ético se publican y son aplicables a todos los fiscales |
Dentro de la fiscalía existe un órgano consultivo encargado de prevenir y gestionar los riesgos de integridad relacionados con posibles conflictos de intereses, incumplimientos de las normas éticas y morales, políticas sobre obsequios y la toma de decisiones arbitraria |
|---|---|---|---|---|
|
Alemania |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Australia |
✖ |
✖ |
✔ |
✔ |
|
Austria |
✔ |
✔ |
✔ |
✖ |
|
Bélgica |
✔ |
✖ |
✔ |
✖ |
|
Canadá |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Chequia |
✖ |
✖ |
✔ |
✖ |
|
Chile |
✔ |
✖ |
✔ |
✔ |
|
Colombia |
✔ |
✖ |
No facilitados |
No facilitados |
|
Corea |
✔ |
✔ |
✔ |
✖ |
|
Costa Rica |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Dinamarca |
✖ |
✖ |
✔ |
✖ |
|
República Eslovaca |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Eslovenia |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
España |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Estados Unidos |
✔ |
No facilitados |
✔ |
✔ |
|
Estonia |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
|
Finlandia |
✖ |
✖ |
✔ |
✖ |
|
Francia |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Grecia |
✖ |
✖ |
No facilitados |
✖ |
|
Hungría |
✔ |
✖ |
✔ |
✖ |
|
Irlanda |
✔ |
✔ |
✔ |
✖ |
|
Islandia |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
|
Israel |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
|
Italia |
✖ |
✖ |
✖ |
✖ |
|
Japón |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
|
Letonia |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Lituania |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Luxemburgo |
✔ |
No facilitados |
✔ |
✖ |
|
México |
No facilitados |
No facilitados |
✔ |
✖ |
|
Noruega |
✔ |
✖ |
✔ |
✖ |
|
Nueva Zelanda |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
|
Países Bajos |
✔ |
✖ |
✔ |
✔ |
|
Polonia |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
|
Portugal |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Reino Unido |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
No facilitados |
|
Suecia |
✔ |
✖ |
✔ |
✖ |
|
Suiza |
✔ |
✖ |
✔ |
✔ |
|
Turquía |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Miembros de la OCDE |
80% |
47% |
93% |
53% |
|
Argentina |
✖ |
✖ |
✖ |
✖ |
|
Armenia |
✔ |
✖ |
✔ |
✔ |
|
Brasil |
✔ |
✖ |
✔ |
✖ |
|
Bulgaria |
✔ |
✔ |
✖ |
✖ |
|
Croacia |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
República Dominicana |
✔ |
✔ |
✔ |
✖ |
|
Ecuador |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Guatemala |
✔ |
✖ |
✖ |
✖ |
|
Honduras |
✔ |
No facilitados |
✔ |
✖ |
|
Indonesia |
✔ |
✖ |
✔ |
✖ |
|
Moldova |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Perú |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Rumanía |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Serbia |
✔ |
✔ |
✔ |
✔ |
|
Ucrania |
✔ |
✔ |
✔ |
✖ |
|
Socios de la OCDE |
93% |
53% |
87% |
47% |
|
Total Global |
87% |
50% |
90% |
50% |
Nota: La tabla presenta datos basados en los siguientes 31 países miembros de la OCDE evaluados en 2025: Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Chile, Colombia (jueces), Costa Rica, Chequia, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Corea, Letonia, Lituania, Luxemburgo, México (fiscales), Países Bajos, Noruega, Portugal, República Eslovaca, Eslovenia, España, Suecia, Suiza, Turquía y Estados Unidos. No se facilitan datos sobre los criterios relativos a normativas y práctica de Colombia (fiscales), Estonia, Islandia, Israel, Japón, México (jueces), Nueva Zelanda, Polonia y el Reino Unido. Los datos de los países socios de la OCDE se calculan sobre la base de los 15 países siguientes evaluados en 2025: Argentina, Armenia, Brasil, Bulgaria, Croacia, Ecuador, Guatemala, Honduras, Indonesia, Moldavia, Perú, República Dominicana, Rumanía, Serbia y Ucrania.
Cómo leer: En Canadá se publican normas de conducta aplicables a todos los jueces, y cuenta con un organismo de asesoramiento ético para la judicatura. Canadá también ha publicado normas de conducta aplicables a todos los fiscales y cuenta con un organismo de asesoramiento ético para la fiscalía.
Fuente: Indicadores de Integridad Pública de la OCDE (a 10 de marzo de 2026).
La mayoría de los países miembros de la OCDE (77 %) y de los países socios (73 %) cuentan con políticas en materia de conflictos de intereses para los jueces, mientras que para los fiscales estas medias son del 87 % y el 80 % respectivamente. Sin embargo, solo 5 países (Letonia, República Eslovaca, Rumanía, Serbia y Ucrania) pudieron demostrar que las autoridades responsables de supervisar la implementación de las políticas en materia de conflictos de intereses para los jueces han emitido recomendaciones de resolución en un plazo de 12 meses para todos los casos de conflictos de intereses detectados. La falta de datos en este ámbito sugiere que los países no supervisan la puntualidad de la resolución de los conflictos de intereses, lo que puede socavar la eficacia de la gestión.
Los requisitos de divulgación de intereses, una de las herramientas que los países pueden utilizar para gestionar las situaciones de conflicto de intereses, están en vigor para los jueces de alto rango en el 53 % de los miembros de la OCDE y en el 100 % de los países socios de la OCDE, y en muchos países (60 % de los miembros de la OCDE y 100 % de los países socios de la OCDE) los requisitos de divulgación se extienden a todos los jueces nacionales. Los miembros de las máximas autoridades de la fiscalía también están obligados a divulgar sus intereses en el 60 % de los miembros de la OCDE y en el 93 % de los países socios de la OCDE. Sin embargo, el cumplimiento de los requisitos de divulgación sigue siendo insuficiente (Figura 8.4). Para los países miembros de la OCDE, la tasa de presentación de declaraciones de intereses de jueces y fiscales es inferior en comparación con otras categorías de funcionarios públicos, lo que sugiere que el cumplimiento se controla de forma más rigurosa en lo que respecta a los miembros del gobierno, los parlamentarios y los funcionarios de alto nivel, en comparación con jueces y fiscales. Además, es necesario reforzar la verificación de las declaraciones de intereses presentadas. Solo el 13 % de los miembros de la OCDE y una proporción idéntica de países socios verifican un número sustancial de declaraciones presentadas por los jueces (al menos el 60 % de las declaraciones). La situación es similar en el caso de los fiscales: el 13 % de los países miembros de la OCDE y una proporción idéntica de países socios verifican al menos el 60 % de las declaraciones presentadas. Una explicación de esta tendencia es el hecho de que jueces y fiscales están sujetos con menor frecuencia a supervisión externa debido a consideraciones de independencia. Por ejemplo, en países como Chile, Chequia, Portugal y Turquía, las declaraciones de intereses de los jueces se presentan a los órganos de autogobierno judicial o a los tribunales, que pueden carecer de los conocimientos financieros necesarios para llevar a cabo las verificaciones.
Figura 8.4. Los jueces y los fiscales presentan tasas más bajas de cumplimiento de los requisitos de declaración de intereses
Copiar enlace a Figura 8.4. Los jueces y los fiscales presentan tasas más bajas de cumplimiento de los requisitos de declaración de intereses
Nota: La figura presenta datos basados en los siguientes 31 países miembros de la OCDE evaluados en 2025: Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Chile, Colombia (jueces), Costa Rica, Chequia, Dinamarca, Finlandia, Francia (excepto 11.4.6, 11.4.7 y 11.5.4), Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Corea, Letonia, Lituania, Luxemburgo, México (fiscales), Países Bajos, Noruega, Portugal, República Eslovaca, Eslovenia, España, Suecia, Suiza, Turquía y Estados Unidos (excepto el criterio 11.4.7). No se facilitan datos sobre los criterios relativos a normativas y práctica de Colombia (fiscales), Estonia, Islandia, Israel, Japón, México (jueces), Nueva Zelanda, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos (fiscales). Los datos de los países socios de la OCDE se calculan sobre la base de los 14 países siguientes evaluados en 2025: Argentina, Armenia, Brasil, Bulgaria, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, Honduras, Indonesia, Moldavia, Perú, Rumanía, Serbia y Ucrania. No se facilitaron datos de Croacia.
Cómo leer: En el 33 % de los miembros de la OCDE y en el 47 % de los países socios de la OCDE, más del 80 % de los jueces de alto rango han presentado declaraciones de intereses de acuerdo con los requisitos legales.
Fuente: Indicadores de Integridad Pública de la OCDE (a 10 de marzo de 2026).
En general, se están aplicando mecanismos de denuncia de casos de mala conducta judicial y fiscal, pero podrían mejorarse mediante una mayor sensibilización del público sobre los procedimientos de denuncia existentes, así como mediante la formación en la gestión de denuncias
Copiar enlace a En general, se están aplicando mecanismos de denuncia de casos de mala conducta judicial y fiscal, pero podrían mejorarse mediante una mayor sensibilización del público sobre los procedimientos de denuncia existentes, así como mediante la formación en la gestión de denunciasLos mecanismos para denunciar la mala conducta de jueces y fiscales no son un concepto nuevo, ya que las denuncias son un desencadenante común de investigaciones disciplinarias en todos los países. Sin embargo, las personas que denuncian este tipo de faltas en el marco de los procedimientos generales de reclamación disciplinaria no gozan necesariamente de salvaguardias legales que garanticen la confidencialidad o la protección frente a represalias. Para reforzar la protección, los países están implantando marcos de protección de los denunciantes en la judicatura y la fiscalía. En muchos países (por ejemplo, Austria, Dinamarca, Costa Rica, Alemania y Perú), las medidas de protección están previstas en leyes y reglamentos generales de protección de los denunciantes que se aplican a todo el sector público, mientras que países como la Chequia, Finlandia, Suecia y Eslovenia han adaptado aún más la implementación mediante orientaciones y políticas específicas para el poder judicial y los fiscales. Los canales internos de denuncia de irregularidades en el poder judicial están actualmente establecidos en normativas en el 57 % de los miembros de la OCDE y el 60 % de los países socios de la OCDE. Aunque, en la práctica, la mayoría de los miembros de la OCDE que han establecido canales internos de denuncia los están implementando, en el caso de los países socios de la OCDE hay una brecha de implementación de 13 puntos porcentuales. En cuanto al establecimiento de canales internos de denuncia de irregularidades en las fiscalías (Figura 8.5), la brecha de implementación para los miembros de la OCDE es de 12 puntos porcentuales, y de 13 puntos porcentuales para los países socios de la OCDE. A su vez, la protección contra las represalias para los denunciantes de mala conducta judicial está prevista en la ley en el 57 % de los miembros de la OCDE y en el 47 % de los países socios de la OCDE.
Figura 8.5. Brechas de implementación en el establecimiento de canales internos de denuncia de irregularidades en los países miembros y socios de la OCDE
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Nota: La figura presenta datos basados en los siguientes 31 países miembros de la OCDE evaluados en 2025: Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Chile, Colombia (jueces), Costa Rica, Chequia, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Corea, Letonia, Lituania, Luxemburgo, México (fiscales), Países Bajos, Noruega, Portugal, República Eslovaca, Eslovenia, España, Suecia, Suiza, Turquía y Estados Unidos (fiscales). No se facilitan datos sobre los criterios relativos a normativas y práctica de Colombia (fiscales), Estonia, Islandia, Israel, Japón, México (jueces), Nueva Zelanda, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos (jueces). Los datos de los países socios de la OCDE se calculan sobre la base de los 15 países siguientes evaluados en 2025: Argentina, Armenia, Brasil, Bulgaria, Croacia, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, Honduras, Indonesia, Moldavia, Perú, Rumanía, Serbia y Ucrania.
Cómo leer: El 57 % de los miembros de la OCDE cuenta con normativas que establecen canales internos de denuncia de irregularidades en el poder judicial, y en el 52 % de los países miembros de la OCDE estos canales internos de denuncia existen en la práctica.
Fuente: Indicadores de Integridad Pública de la OCDE (a 10 de marzo de 2026).
Unos marcos claros y completos de protección de los denunciantes, complementados con una comunicación eficaz, pueden informar a jueces y fiscales, pero además a los usuarios del sistema judicial, sobre los procedimientos de denuncia, sus derechos y los recursos a su disposición (OECD, 2020[14]). Sin embargo, pocos países aplican medidas para reforzar la concienciación sobre la protección de los denunciantes de irregularidades judiciales y fiscales. Por término medio, solo el 39 % de los miembros de la OCDE y el 27 % de los países socios de la OCDE mantienen portales gubernamentales con información sobre los procedimientos de denuncia y los derechos de los denunciantes.
La eficacia de los mecanismos de denuncia también depende de la capacidad del personal encargado de gestionar las denuncias, que requiere conocimientos técnicos para garantizar la confidencialidad. Unas medidas de confidencialidad adecuadas protegen la identidad del denunciante, reducen el riesgo de represalias y fomentan una cultura de apertura que anima a otros a denunciar. Fomentar esta cultura de apertura es aún más importante en estructuras organizativas jerárquicas como el poder judicial y la fiscalía. Sin embargo, las oportunidades de formación obligatoria sobre confidencialidad para el personal que tramita denuncias en tribunales y fiscalías son limitadas en los países miembros de la OCDE y casi inexistentes en los países socios (Figura 8.6).
Figura 8.6. Porcentaje de con formación sobre confidencialidad para el personal que tramita las denuncias de mala conducta judicial y fiscal disponible
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Nota: La figura presenta datos basados en los siguientes 31 países miembros de la OCDE evaluados en 2025: Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Chile, Colombia (jueces), Costa Rica, Chequia, Dinamarca (jueces), Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Corea, Letonia, Lituania, Luxemburgo, México (fiscales), Países Bajos, Noruega, Portugal, República Eslovaca, Eslovenia, España, Suecia, Suiza, Turquía y Estados Unidos (jueces). No se facilitan datos sobre los criterios relativos a normativas y práctica de Colombia (fiscales), Dinamarca (fiscales), Estonia, Islandia, Israel, Japón, México (jueces), Nueva Zelanda, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos. Los datos de los países socios de la OCDE se calculan sobre la base de los 15 países siguientes evaluados en 2025: Argentina, Armenia, Brasil, Bulgaria, Croacia, República Dominicana, Ecuador, Guatemala, Honduras, Indonesia, Moldavia, Perú, Rumanía, Serbia y Ucrania.
Cómo leer: El 26 % de los miembros de la OCDE y el 7 % de los países socios cumplen el criterio de "El personal que tramita denuncias en la fiscalía recibe formación obligatoria sobre confidencialidad".
Fuente: Indicadores de Integridad Pública de la OCDE (a 10 de marzo de 2026).