La sección presenta un análisis detallado de la operación, logros y objetivos en materia de simplificación y digitalización, que se llevan a cabo para el desarrollo e implementación de la Ventanilla Única de Inversiones (VUI). El análisis se realiza a partir de los principios y mejores prácticas que promueve la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) en materia de simplificación administrativa y procesos de digitalización en ventanillas de inversión. En el caso particular del análisis de simplificación, se realiza un análisis a partir de los bloques de la pirámide de trámites digitales.
Estudio de la Ventanilla Única de Inversión de Costa Rica
3. Análisis del nivel de simplificación y digitalización de los trámites
Copiar enlace a 3. Análisis del nivel de simplificación y digitalización de los trámitesResumen
Este capítulo describe de forma detallada el funcionamiento de la Ventanilla Única de Inversión de Costa Rica, haciendo un análisis de su funcionalidad, la organización de la ventanilla, la presentación de los trámites y la descripción de la ruta que propone la ventanilla para que un empresario obtenga información sobre los trámites para instalar una empresa.
Además, presenta un análisis comparativo de la ventanilla con respecto a elementos esenciales pare el estabelecimiento y funcionamiento de una ventanilla de trámites digitales identificados por la OCDE.
La evaluación y recomendaciones de la OCDE se llevará a cabo empleando reportes como Principios de mejores prácticas de ventanilla únicas para ciudadanos y empresas (OECD, 2021) y la Guía para mejorar la calidad regulatoria de trámites estatales y municipales e impulsar la competitividad de México (OECD, 2012[1]), Véase Recuadro 2.1 y Recuadro 3.1, entre otros.
Recuadro 3.1. La Guía de la OCDE para mejorar la calidad regulatoria de trámites estatales y municipales en México e impulsar la competitividad
Copiar enlace a Recuadro 3.1. La Guía de la OCDE para mejorar la calidad regulatoria de trámites estatales y municipales en México e impulsar la competitividadLa Guía tienen tres objetivos básicos:
Disminuir los tiempos de resolución de los trámites, al organizar mejor los procesos de evaluación y revisión
Facilitar el cumplimiento de los trámites y otorgar certidumbre a los empresarios
Otorgar una visión de proceso, poniendo en el centro al emprendedor y empresario
La Guía ofrece 26 recomendaciones puntuales de mejora susceptibles de ejecutarse en el corto plazo en los procesos y áreas de:
Apertura de empresa (6)
Permiso de construcción (5)
Registro de propiedad (4)
Licitación (2)
Factores antes de ventanilla y transparencia regulatoria (5)
Eficiencia para la gestión de trámites (4)
Las recomendaciones vienen de mejores prácticas en Canadá, Italia y España, así como ejemplos de alto desempeño en México
La Guía ha sido implementada exitosamente en el Municipio de Mérida (100%), Municipio de Hermosillo (96%) y Municipio de San Luis Potosí (87%) entre otros.
Fuente: (OECD, 2012[1]).
Descripción del funcionamiento de la Ventanilla Única de Inversión (VUI) de Costa Rica.
Copiar enlace a Descripción del funcionamiento de la Ventanilla Única de Inversión (VUI) de Costa Rica.La Ventanilla Única de Inversión (VUI) de Costa Rica es un esfuerzo lidereado por la Promotora del Comercio Exterior (PROCOMER), en el que además participan el Ministerio de Comercio Exterior y el Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
La VUI tiene como uno de sus objetivos centralizar, agilizar y simplificar los trámites en formato digital a los empresarios e inversionistas que deseen instalarse en Costa Rica, por ello, ha venido trabajando desde el 2017 en la definición de trámites necesarios para la inversión y en su simplificación. La complejidad de los trámites asociados a la atracción de inversiones ha detonado una estrategia de simplificación por parte de PROCOMER.
Derivado de las misiones de investigación que realizó la OCDE y a la presentación de hallazgos preliminares PROCOMER se dio a la tarea de clasificar los trámites con un enfoque más congruente con eventos de vida y presentarlos en una visión de proceso, a continuación, se presenta en la siguiente tabla la clasificación de procesos de la VUI.
Tabla 3.1. Clasificación de trámites, pasos y procesos de la VUI
Copiar enlace a Tabla 3.1. Clasificación de trámites, pasos y procesos de la VUI|
Proceso |
Trámites |
Municipios participantes |
Consideraciones generales |
|---|---|---|---|
|
Apertura de empresa |
Certificado de uso de suelo (VUI-CUS) Permiso sanitario de funcionamiento (VUI-PSF) Patente o licencia comercial (VUI-PAT) Póliza de riesgos de trabajo (VUI-PRT) Inscripción patronal (VUI-IPC) Inscripción registro único tributario (VUI-RUT) |
Atenas Esparza Grecia Naranjo Oreamuno Orotina Palmares Poás San José San Mateo San Ramón Sarchí Turrialba Zarcero Desamparados Bagaces Buenos Aires Corredores Coto Brus Golfito Hojancha De la Cruz Río Cuarto Nandayure De Osa De Pérez Zeledón De Santa Cruz Liberia Siquirres Tilarán |
Al momento de elaborar este reporte, no es posible realizar trámites asociados a la obtención de patente de licores en la VUI, debido a que no se han identificado como prioritarios en este momento. Estos trámites se deben solicitar en la municipalidad correspondiente. |
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Trámites vinculados al comercio internacional |
Solicitud de Ingreso al Régimen de Zonas Francas (PROCOMER) |
Este proceso se encuentra en ambiente de producción, ya disponible a la ciudadanía. Los trámites de Zona Franca ingresaron a la VUI desde el año 2022, para las categorías de procesadora, comercializadora, servicios y administradora. A partir del 2023, se incluyeron tres categorías nuevas que aplican solo para la gran área metropolitana (GAM), que son: insumos, servicios de salud y parques sostenibles de aventura. |
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Trámites migratorios |
Este proceso se encuentra etapa de análisis y desarrollo |
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Trámites ambientales |
Este proceso se encuentra etapa de análisis y desarrollo |
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Trámites de construcción |
No se pueden realizar trámites asociados a la construcción. Sin embargo, el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (CFIA) cuenta con una plataforma que permite realizar trámites de construcción. Dentro de los planes de la VUI se considera la conexión con dicha plataforma. |
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Inspecciones |
Este proceso se encuentra en una etapa de análisis, ya que los trámites de la VUI no requieren inspecciones. Los trámites que requieren inspecciones se realizan posteriores a la expedición de resoluciones en la VUI. |
Los trámites citados en la Tabla 3.1 cuentan con distintos niveles de digitalización.
Cabe mencionar que un trámite digital se realice totalmente en línea se requiere que los solicitantes cuenten con firma digital, en el caso de Costa Rica la mayoría de los ciudadanos no cuenta con firma digital, por lo que tienen que acudir a una oficina para acreditar su personalidad y obtener su clave para acceder a los trámites digitales. No obstante, que los trámites no son totalmente digitales las mejoras que presentan son un avance importante en la disminución de las cargas administrativas.
La gestión de los trámites antes citados permite que los interesados obtengan los requisitos en línea, que envíen sus documentos a través de la ventanilla y realicen la solicitud en línea, lo que hace más fácil el proceso de solicitud, elimina visitas a las oficinas y agiliza los tiempos de respuesta, ya que en el sistema se les da seguimiento a las resoluciones, a fin de que se cumplan los tiempos previamente establecidos.
Por otra parte, la VUI ofrece otros trámites de forma independiente a los procesos, los cuales se digitalizaron a petición de las dependencias en la etapa en la que PROCOMER simplificaba y digitalizaba trámites a demanda de las oficinas gubernamentales.
Trámite de Patente (Licencia) Comercial
El trámite de patente o licencia comercial es muy importante para iniciar una actividad económica en Costa Rica, ya que permite obtener el Permiso Sanitario de Funcionamiento, el Uso de Suelo, las Inscripciones necesarias conforme a la actividad económica y el pago se puede realizar en línea. Este trámite se puede realizar desde el portal, pero solo para las municipalidades participantes. Al finalizar el trámite el empresario obtiene una patente que le permite iniciar las operaciones de la empresa.
Trámite de Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF)
Este trámite es necesario para realizar cualquier actividad industrial, comercial o de servicios, sea persona física o jurídica. La autorización de funcionamiento se puede otorgar con una vigencia de uno o hasta cinco años dependiendo de la actividad económica a desarrollar.
El PSF se puede gestionar en las 82 Áreas Rectoras de Salud.
Este trámite cuenta con avances importantes en digitalización. PROCOMER podría considerar aumentar el grado de digitalización del mismo logrando que el seguimiento del trámite se realice en la plataforma y evitar el uso del correo electrónico.
Solicitud de Ingreso al Régimen de Zonas Francas y de Autorización de Auxiliar de la Función Pública Aduanera
Este trámite se puede realizar en la VUI, lo que implica que tiene avances importantes en el nivel de digitalización. El trámite ofrece una serie de guías que van llevando de la mano al inversionista que desea solicitar el ingreso al régimen de zonas francas, a fin de solicitar apoyos fiscales e incentivos para realizar su actividad económica. Es un trámite que implica diversos requisitos, autorizaciones, por lo que las guías son muy útiles para orientar a los interesados.
Las guías de apoyo ofrecen formatos a llenar en línea, asesoría vía correo electrónico y el sustento jurídico de cada paso. De acuerdo con la información proporcionada por PROCOMER, el pago se realiza afuera de la plataforma.
Pronunciamientos técnicos en materia de aguas subterráneas
El trámite provee una opinión técnica sobre las condiciones hidrogeológicas de un lugar y/o el análisis de vulnerabilidad, amenaza y peligro de contaminación de los proyectos productivos o constructivos a ejecutar por las entidades públicas, privadas o particulares.
Es un trámite que cuenta con un nivel avanzado de digitalización, proporciona datos para realizar el trámite en ventanilla, el formato solicitado para la gestión y el fundamento jurídico del trámite. PROCOMER podría considerar aumentar el grado de digitalización del trámite permitiendo que el seguimiento y las resoluciones del mismo se ofrezcan en la VUI y no por correo electrónico. El objetivo es que los solicitantes realicen todo el proceso en la VUI.
Gestión de Solicitudes de Criterio Técnico sobre la presencia/ausencia de Humedal
Este trámite cuenta con un nivel avanzado de digitalización, es importante para las instituciones que emiten permisos, autorizaciones, licencias y viabilidades ambientales, a fin de obtener un informe técnico sobre los criterios de humedales. Dicho trámite es necesario para iniciar obras o desarrollar un nuevo proyecto.
Al igual que en los casos anteriores, el nivel de digitalización del trámite podría mejorarse permitiendo que el seguimiento y las notificaciones del trámite se realicen en la VUI.
Permiso de Ubicación de Sistemas de tratamiento de aguas residuales (STAR)
El trámite STAR permite obtener diferentes requisitos previos para la apertura de una empresa en línea y es un trámite necesario para iniciar las operaciones de una empresa, su nivel de digitalización es avanzado. Una vez que el interesado presente todos los requisitos se le emite su resolución en un plazo de 22 días naturales.
El nivel de digitalización del trámite se podría aumentar si las resoluciones se pudieran descargar de la VUI y no enviarse por correo electrónico. Además, al imprimir las resoluciones se debería contar con los mecanismos de seguridad para que los documentos sean válidos ante cualquier instancia.
“Autorización y registro de tanques estacionarios para autoconsumo de combustibles” (Almacenamiento de tanques de Autoconsumo)
Este trámite se puede gestionar en línea, por lo cual tienen un nivel de digitalización avanzado. Sin embargo, algunos de los trámites que son requisitos fundamentales para obtener esta autorización, no se pueden gestionar en la VUI. En cambio, la VUI ofrece diferentes enlaces (links) donde se pueden gestionar dichos trámites, así como el sustento regulatorio.
Simplificación administrativa de trámites y servicios
Copiar enlace a Simplificación administrativa de trámites y serviciosEl primer reto para digitalizar un trámite de forma eficiente es aplicar la herramienta de mejora regulatoria de simplificación administrativa. No se debe digitalizar la burocracia. Es necesario hacer un análisis detallado de los requisitos que se solicitan a los ciudadanos, hacer un cuestionamiento de cada uno de ellos y de ser posible emular la mejores prácticas nacionales e internacionales para gestionar los trámites.
Para realizar una simplificación administrativa que impacte la gestión de los trámites es necesario consultar a las dependencias responsables para hacer un mapeo de cada uno de ellos y verificar los cuellos de botellas y reprocesos. Además, es necesario realizar consultas con los empresarios y ciudadanos que han realizado los trámites para identificar los procesos que representan mayores cargas administrativas y que les generan más molestias.
Uno de los principales principios que se deben emplear en la ejecución de las estrategias de simplificación administrativa, es el principio de regulación basado en riesgo. Este principio también debe ser la base para la estrategia de mejora de las inspecciones y/o verificaciones.
En pocas situaciones los gobiernos tienen los recursos humanos y financieros para implementar un proceso regulatorio donde se inspeccionen o verifiquen todas las solicitudes con la misma magnitud o profundidad. Esto no solo es costoso sino también poco efectivo. Es necesario que el Gobierno de Costa Rica, a través de sus dependencias, apliquen criterios de riesgo, así como de regulación proporcional para que tengan mayores elementos para aplicar un proceso regulatorio de calidad. Aplicar estos principios no solamente reduce los costos asociados al control y vigilancia, sino que hace más efectiva y menos onerosa la regulación. En pocas palabras, las dependencias deben estar seguras de que los trámites y el control sobre ellos es basado en la ciencia, focalizado, efectivo y eficiente (OECD, 2015[3]). En este sentido, si un trámite es muy oneroso y no cumple con el objetivo de la política pública debido a que fomenta el incumplimiento, probablemente sea necesario reformular el alcance del instrumento.
Recuadro 3.2. Regulación basada en riesgos
Copiar enlace a Recuadro 3.2. Regulación basada en riesgosDiseñar y entregar la regulación de una manera centrada en el riesgo y proporcional al riesgo es un enfoque esencial para mejorar la eficiencia, fortalecer la eficacia y reducir las cargas administrativas.
“Riesgo” se entiende como la combinación de la probabilidad de daño de cualquier tipo, y la potencial magnitud y gravedad de este daño. La regulación basada en el riesgo se trata, de manera crucial, de centrarse en los resultados en lugar de reglas y procesos específicos como el objetivo de la regulación.
La adopción de enfoques regulatorios basados en el riesgo se distribuye de manera desigual entre países y funciones regulatorias, y a menudo se limita a las fases del ciclo de política regulatoria, sectores, etc.
La evaluación de riesgos puede servir para priorizar los esfuerzos regulatorios y adaptar la elección y el diseño de los instrumentos regulatorios, dentro y entre los dominios regulatorios. No se trata sólo de conocer el nivel de riesgo, sino las características de cada riesgo para diseñar la respuesta regulatoria pertinente.
Los obstáculos para adoptar la regulación basada en el riesgo incluyen la resistencia en las instituciones con una cultura de “aversión al riesgo”, la presión pública, la dependencia del camino, la falta de herramientas y recursos necesarios, etc. una sobreestimación de cuán efectiva es realmente la regulación “no basada en el riesgo”.
Como primer paso (útil), la priorización de riesgos se puede hacer por sector o por tipo de actividad, pero cuando los datos para el análisis y la priorización de riesgos están disponibles, es esencial un enfoque más diferenciado y basado en datos para la evaluación y selección de riesgos.
El riesgo debe evaluarse de manera objetiva y basada en datos. Se han logrado avances significativos en los últimos años, incluso mediante el uso de Machine Learning para mejorar el análisis de datos, y muchas jurisdicciones y servicios han introducido nuevas herramientas basadas en riesgos y prácticas, incluso en el contexto de la COVID-19.
En concreto, la crisis del Covid-19 ha puesto de manifiesto los obstáculos que la regulación puede suponer para la respuesta a la crisis cuando no es proporcional al riesgo, o cuando no se prevén adecuadamente las compensaciones entre diferentes riesgos. También ha demostrado la importancia de permitir y gestionar la flexibilidad regulatoria en situaciones de emergencia y aprovechar las nuevas tecnologías.
Las nuevas tecnologías pueden facilitar el intercambio de datos y mejorar el análisis, incluso mediante el uso de una combinación de datos públicos y privados, pero esto requiere gestionar adecuadamente los problemas de confianza y privacidad.
Fuente: (OECD, 2015[3]).
La VUI ha empleado diferentes metodologías para identificar los trámites necesarios para invertir e iniciar un negocio en el país; para simplificarlos e incorporarlos a la plataforma de la VUI. Una de estas metodologías es la estrategia F.E.N.I.X. que se detalla en la Figura 1.6:
Fortalecer: se ejecuta alineamiento y sensibilización de jerarcas institucionales y funcionarios, mapeo específico del proceso o trámite, se define la línea base o tiempo de duración del proceso y las iniciativas de mejora halladas.
Estandarizar: se realiza la reingeniería del proceso, lo cual resulta en un proceso mejorado. Además, se levantan los requerimientos técnicos del proceso que luego ayudarán a la digitalización de ese proceso.
Normalización: Si la mejora del proceso requiere de una reforma reglamentaria de índole legal, se realiza en esta etapa.
Implementación tecnológica: se validan y ejecutan acciones para poder disponer del trámite en formato digital: habilitación de software, desarrollo, control de calidad, pruebas, capacitación de funcionarios y puesta en producción.
Excelencia: se busca continuamente la mejora. Por ello, al concluir todas las fases de un proceso, pueden ser identificadas nuevas oportunidades de mejora que requieran nuevamente pasar por una o varias etapas. Es el camino de la excelencia que se incentiva en los funcionarios de las instituciones.
La estrategia F.E.N.I.X. ha ayudado a la formación de equipos interdisciplinarios al interior del sector público y privado, para a identificar las principales áreas de oportunidad para mejorar la competitividad del país, a través de la simplificación de los procesos que se requieren para la inversión.
Otra metodología que ha implementado la VUI es Lean Six Sigma, que consistió en revisar los procesos, identificar áreas de oportunidad, e implementar estrategias de mejora. En la etapa de análisis se revisaron los pasos que debe seguir un trámite como sus requisitos y simplificarlos hasta llegar a un estado óptimo.
Además, para el desarrollo de la VUI se aplicó la metodología “Six Sigma” como una herramienta para optimizar los procesos. Esta metodología pretende implementar un proceso de forma que las variaciones durante su operación sean las mínimas. El modelo Six Sigma busca la optimización de cada uno de los procesos minimizando los errores o en el caso de los trámites, una posible discrecionalidad en su administración. De tal forma, uno de los principales objetivos del modelo Six Sigma es la productividad que se puede traducir en una reducción de tiempos de respuesta.
Otra metodología que emplearon para la construcción de la VUI fue la llamada DMAIC (D=Definir, M=Medir, A=Analizar, I=Implementar, C=Controlar). Cada una de estas letras significa una fase de mejora, en la que se ejecutan varias herramientas. En la Figura 1.7 se muestra el ciclo de proyecto de mejora DMAIC.
Finalmente, emplearon el tablero “Kanban”, que tiene como objetivo visualizar y controlar los avances de un proyecto; la VUI en este caso.
Los trabajos realizados de simplificación y de diseño de la VUI han permitido contar con avances importantes lo cuales se reflejan en la Figura 3.1 y Figura 3.2:
Figura 3.1. VUI – Evolución de la VUI en el tiempo
Copiar enlace a Figura 3.1. VUI – Evolución de la VUI en el tiempo
Fuente: Elaborado por PROCOMER.
Figura 3.2. Avances de la VUI por periodo
Copiar enlace a Figura 3.2. Avances de la VUI por periodo
Fuente: Elaborado por PROCOMER.
En síntesis, la VUI ha implementado distintas metodologías para desarrollar una ventanilla que fomente la inversión, ofrezca trámites simplificados y digitalizados, tanto a nivel del gobierno central como de los gobiernos locales o subnacionales.
Análisis de la VUI con respecto a los bloques de la pirámide de trámites digitales
Copiar enlace a Análisis de la VUI con respecto a los bloques de la pirámide de trámites digitalesLa OCDE ha identificado una serie de elementos que son esenciales para el establecimiento de una ventanilla con trámites 100% digitales, es decir, digitales de punta a punta. En este reporte estos elementos se definen como los bloques de la pirámide de trámites digitales. La experiencia de la OCDE de trabajar en la simplificación y mejora de los trámites de alto impacto con el objetivo de mejorar el ambiente de negocios en gobiernos latinoamericanos ha permitido identificar estos elementos esenciales1. La Tabla 3.2 muestra la propuesta de definición de trámites 100% digitales que se emplea en este reporte, y la Figura 3.3 contiene la propuesta de los bloques de la pirámide de trámites digitales:
Tabla 3.2. Propuesta de definición de trámites 100% digitales
Copiar enlace a Tabla 3.2. Propuesta de definición de trámites 100% digitales|
Trámite que sí es digital |
Trámite que no es digital |
|---|---|
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El ciudadano, emprendedor, empresario o inversionista se autentica de forma digital |
Sólo información del trámite en línea |
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Enviar TODA la información necesaria en línea y con validez legal |
Enviar información en línea, y después visitar la oficina de gobierno para entregar la misma información o información complementaria |
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Pagar en línea |
Pagos: ir a oficina de gobierno o a un banco |
|
Solicitar y reservar fecha de inspecciones en línea |
“Iniciar el trámite en línea” y después ir a la oficina o llamar por teléfono para solicitar o reservar fechas para una inspección |
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El funcionario de gobierno se autentica con firma digital para valorar la información y documentación, y emitir la resolución |
“Iniciar el trámite en línea” y después ir a la oficina a recoger la resolución oficial |
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El ciudadano, emprendedor, empresario o inversionista recibe la resolución de manera digital, la imprime y tiene validez oficial |
El ciudadano, emprendedor, empresario o inversionista recibe el dictamen de su trámite, pero no tiene validez oficial, por lo que deberá acudir a las oficinas a obtener un documento físico. |
|
NINGUNA visita a oficina de gobierno |
El ciudadano, emprendedor, empresario o inversionista tiene que realizar al menos una visita a las oficinas de gobierno u otras instituciones para completar el trámite. |
Los bloques de la pirámide de trámites digitales consisten en una serie de componentes esenciales que deben interactuar con una ventanilla digital a fin de lograr trámites 100% digitales como se define en la Tabla 3.2. Cada bloque representa una serie de funciones específicas con el propósito de gestionar trámites digitales de punta a punta. Los bloques son:
Registro de trámites y servicios
Firma digital
Mapa georreferenciado
Motor de pagos
Plataforma de inspecciones
Expediente digital
Figura 3.3. Bloques de la pirámide de trámites digitales: propuesta
Copiar enlace a Figura 3.3. Bloques de la pirámide de trámites digitales: propuesta
A continuación, se describen los bloques, así como también se presenta un diagnóstico del estado actual de los bloques para la VUI. Resalta que, para lograr el objetivo de establecer la VUI con trámites 100% digitales, es necesario que los bloques de la pirámide se puedan consolidar de la siguiente forma:
Que su uso sea transversal entre las instituciones involucradas.
Que la comunicación entre instituciones sea eficiente y que permita la interoperabilidad de los sistemas.
Que la plataforma se alimente de información continua y constituya un sistema dinámico.
Que se resguarde la información con protocolos de seguridad que brinden certeza jurídica.
Que en la comunicación entre instituciones se definan las competencias, atribuciones y no se vulnere el dominio y resguardo sobre la información.
El trabajo que se presenta a continuación es producto de diversas reuniones con el equipo de la VUI y de tres misiones de investigación que realizó la OCDE en las cuales se tuvieron reuniones con las dependencias responsables de los bloques de la pirámide de trámites digitales.
Registro de trámites y servicios
Copiar enlace a Registro de trámites y serviciosEl objetivo del bloque registro de trámites y servicios es que exista un sitio web que incluya el acervo total de trámites y servicios de Gobierno de Costa Rica. La información de los trámites debería ser precisa, estar actualizada y no presentar inconsistencias con ningún otro medio de información existente. Finalmente, la información debería estar basada en lenguaje ciudadano y organizada por eventos de vida. El portal del registro de trámites del MEIC debe ser la base de referencia de la VUI, debido a que dicho portal debe ser la única fuente de información oficial, por lo que la VUI deberá comunicarse con este registro de trámites del MEIC. El registro debería incluir la totalidad de trámites administrados en la administración central, incluyendo organismos desconcentrados o descentralizados.
Recuadro 3.1. Características básicas de los registros de trámites
Copiar enlace a Recuadro 3.1. Características básicas de los registros de trámitesLos registros o catálogos oficiales de trámites y servicios son una herramienta básica para contar con trámites digitales, ya que deben ser la fuente principal de información, así como el único canal de información para los ciudadanos. Para ello, es necesario incluir dentro del marco regulatorio, las consideraciones que señalen que dicho registro será la única fuente de información para la gestión de trámites, además de los canales por los cuales, los usuarios podrán ingresar quejas o prácticas no permitidas por la legislación.
Dichos registros deben incluir información veraz, completa y clara, expresada en lenguaje ciudadano y basada en el marco regulatorio de la entidad gubernamental, esto es, no se deben solicitar trámites o servicios que no cuenten con un marco regulatorio sólido.
El gobierno de Costa Rica emitió desde el 2002 la Ley de Protección al ciudadano de exceso de requisitos y trámites administrativos, donde le da potestades al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), por medio de la Dirección de Mejora Regulatoria, de ser el órgano rector en materia de simplificación de trámites y mejora regulatoria y velar el cumplimiento de la Ley.
No obstante que la Ley de protección al ciudadano es un gran avance en materia de simplificación y presentación de trámites, no considera que debe existir un solo catálogo o registro de trámites y servicios que sea la única fuente de información y que las dependencias no podrán solicitar requisitos, ni trámites adicionales a los inscritos en dicho registro.
De acuerdo con las recomendaciones de la OCDE (OECD, 2012[4]), los registros de trámites y servicios deben de cumplir con los principios de calidad de la información, los cuales son: información veraz, completa y clara, misma información en todos los puntos de acceso y compromiso de certidumbre en el trámite.
Derivado de las misiones de investigación y la investigación de escritorio se detectó que existen diversas fuentes de información sobre trámites y servicios en Costa Rica, cada portal presenta la información de forma distinta y en mucho de los casos los trámites tienen nombres distintos y los requisitos coinciden.
Las distintas páginas web que promocionan trámites y servicios presentan la información de forma distinta, algunas hacen un intento por seguir los principios de eventos vida o hechos vitales que facilitarían la búsqueda de información (ver Recuadro 2.3), sin embargo, otras páginas muestran los trámites por dependencia a cargo o por nombre del trámite. Lo anterior obliga a los interesados a conocer información previa para identificar el trámite solicitado.
Para localizar el trámite en la mayoría de los portales es necesario buscar el trámite por nombre, o por dependencia responsable del mismo. Algunos cuentan con un buscador que permite localizarlo; sin embargo, es necesario mejorar las opciones de búsqueda por palabras clave bajo las cuales se pueden localizar los trámites, ya que si se desconoce el nombre oficial bajo el cual está registrado no es sencillo obtener información. Para revisar como fortalecer la comunicación brindada en portales de gobierno se recomienda consultar (OECD, 2023[5]).
Al no contar con un solo registro de trámites y servicios a nivel central, la VUI debe proporcionar información de los trámites que promueve, los cuales a raíz de las misiones de investigación de la OCDE fueron actualizados para mejorar su presentación. No obstante, los esfuerzos realizados, se debe mejorar la presentación de estos, considerando un enfoque de eventos de vida y la información en leguaje ciudadano. Cabe mencionar, que a partir del trabajo de investigación realizado por la OCDE, se encontró que solo en algunos casos, los portales informativos sobre trámites que promueven la VUI y publican una liga de acceso. Tal es el caso del Ministerio de Salud Calderas ((ministeriodesalud.go.cr), y el Ministerio de Ambiente y Energía (https://energia.minae.go.cr/?p=9925).
La VUI presenta información sobre los trámites vinculados a la apertura de empresa, en una visión de proceso que permite al inversionista consultar los trámites que puede requerir. Cabe mencionar que para identificar si los trámites aplican a las distintas actividades económicas que se desean instalar es necesario leer las guías, manuales o incluso los fundamentos jurídicos de cada trámite.
Una vez que el usuario tiene claridad de los trámites que debe cumplir conforme a las guías, la VUI lo lleva de la mano a fin de gestionar dichos trámites.
La OCDE promueve un modelo de clasificación de árboles de decisión que permita a los solicitantes definir los trámites necesarios por actividad económica, a fin de que el solicitante defina con unas cuantas decisiones la ruta de trámites a seguir dentro de la VUI (véase la Figura 3.4 para un ejemplo de ventanilla digital con árbol de decisiones) Como ya se mencionó en secciones anteriores, la VUI ha aglutinado en una sola interacción con los ciudadanos, los trámites necesarios para iniciar un negocio, lo cual constituye un evento de vida por sí mismo. Sin embargo, es posible que a medida que se incorporan más trámites de distintos sectores, sea necesario identificar una serie de rutas o eventos de vida para la inversión. Por ejemplo, las inversiones verdes pueden requerir trámites especializados, además de los que ya están incorporados en la VUI. En este caso es necesario adoptar un enfoque de eventos de vida a partir de árboles de decisión que permitan al empresario, identificar la ruta diseñada, a partir de las características de su proyecto. Es decir, identificar no solamente los trámites más generales, sino los de mayor especialización en una ruta crítica que brinde la VUI.
Tabla 3.3. Existencia y uso del Registro de trámites y servicios por la VUI
Copiar enlace a Tabla 3.3. Existencia y uso del Registro de trámites y servicios por la VUIResumen evaluación
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Característica |
Diagnóstico y evaluación |
|---|---|
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Un solo sitio web que incluya el acervo total de trámites y servicios como única fuente de información |
El Gobierno Central de Costa Rica no posee un Registro de Trámites y Servicios único, el cual debería estar a cargo del MEIC e interoperar con la VUI y con ello garantizar una única fuente de información. Existen diversas páginas que ofrecen información de trámites y servicios En muchos casos la información presentada en las distintas páginas no coincide una con otra. No tienen un sustento regulatorio para este principio |
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La información de los trámites debe ser precisa, debe estar actualizada, no debe presentar inconsistencias y debe ostentar un marco regulatorio sólido |
Cada página presenta la información en un formato distinto y no hay consistencia en la información presentada. El Catálogo Nacional de Trámites que publica el MEIC si obliga a las instancias a contar con un sustento regulatorio antes de publicar el trámite, pero no se identificó este principio en los otros portales que publican información de trámites. |
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La información debe estar basada en lenguaje ciudadano |
Se identifican áreas de oportunidad en el uso de lenguaje ciudadano de los trámites publicados en la VUI, ya que se identificaron trámites que mantienen tecnicismos que no son explicados o no proveen la información completa. |
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La información debe estar organizada por eventos de vida |
La VUI administra un evento de vida en sí mismo. Sin embargo, es posible identificar al interior de los trámites de apertura de empresas, otros eventos de vida, de acuerdo con las necesidades de los inversionistas. En este sentido, Las páginas que promueven información de trámites no se presentan por eventos de vida de forma sistemática. |
La Tabla 3.3 contiene un resumen de la evaluación del registro de trámites y servicios a cargo del Ministerio de Economía, Industria y Comercio de Costa Rica, quien es el responsable del registro de trámites y servicios a nivel central.
Figura 3.4. Ejemplo de cómo se representa un árbol de decisiones
Copiar enlace a Figura 3.4. Ejemplo de cómo se representa un árbol de decisionesMapa georreferenciado
El objetivo es que exista un sitio web que contenga un sistema de información georreferenciada o una infraestructura de datos espaciales que permita su consulta en línea por parte de ciudadanos, empresarios y servidores públicos para la toma de decisiones. La información debe estar actualizada y debe interoperar entre distintas agencias de gobierno y con la ventanilla digital para beneficio mutuo.
Recuadro 3.2. Mapas georreferenciados
Copiar enlace a Recuadro 3.2. Mapas georreferenciadosEl mapa georreferenciado es una infraestructura de datos espaciales que permite a los usuarios obtener información georreferenciada del predio y la zona en la cual se pretende instalar o construir una empresa. La información georreferenciada debe permitir la realización de un análisis geográfico para la toma de decisiones; por ejemplo, para verificar si la actividad económica que se pretende instalar es compatible con el uso de suelo de acuerdo con los planes de desarrollo urbano. Sobre el uso del mapa georreferenciado, es importante comunicar a los usuarios que los resultados de las búsquedas no constituyen ningún tipo de autorización, sino que solamente es información de consulta.
El mapa georreferenciado por lo menos debe de presentar información sobre:
Atlas de riesgo (protección civil)
Tipos de riesgo a los que está sujeto el predio en materia de: seguridad, ambiental, de salud, etc.
Disposición de los servicios de agua y saneamiento
Información territorial o catastral
Información socioeconómica
Infraestructura vial, comercial e industrial
Respecto a la información catastral del predio, se debe presentar información de las edificaciones actualizadas y las dimensiones de los predios. En los temas de seguridad, el mapa georreferenciado puede proporcionar información sobre los índices de seguridad por zona, que puede referir si una zona es segura o se presentan actos delincuenciales.
Como resultado de las misiones de investigación que realizó la OCDE, se encontró que el Gobierno de Costa Rica tiene distintas fuentes de información georreferenciada. A continuación, se describen los distintos sistemas que ofrecen esta información.
A fin de sustentar la información geoespacial, Costa Rica generó un marco regulatorio que obliga a las dependencias a publicarla. La obligatoriedad proviene desde la Ley de creación del Instituto Geográfico Nacional. Además, publicaron el decreto Ejecutivo N°37773-JP-H- MINAE-MICITT que creó el Sistema Nacional de Información Territorial (SNIT) y el Decreto Ejecutivo N°42120-JP que dio origen a la Infraestructura de Datos Espaciales de Costa Rica (IDECORI). Y se emitió una directriz presidencial N°011 de enero del año 2023, que da obligatoriedad a publicar información de tipo geoespacial en el SNIT.
La información que publica el portal de SNIT tiene como objetivo promover el uso de datos para la toma de decisiones de los funcionarios públicos. La información georreferenciada al 28 de marzo del año 2023 está publicitada en sistemas informáticos, y organizada por distintas temáticas, tales como:
cartografía básica del país;
fotografías aéreas del Instituto Geográfico Nacional;
información ambiental del Centro Nacional de Información Geo ambiental del MINAE;
datos meteorológicos del Instituto Meteorológico Nacional (IMN);
información catastral y de regiones mineras de la Dirección de Geología y Minas del MINAE;
datos sobre la regularización de servicios públicos de la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (ARESEP);
mapa catastral del Registro Inmobiliario (RI) y del Registro Nacional (RN)
información de la Dirección de Agua y del Servicio Nacional de Riego y Avenamiento de SENARA, de Acueductos y Alcantarillado, así como información sobre la gestión de riesgo de Comisión Nacional de Prevención de Riesgo y Atención de Emergencias,
cambio de uso de la tierra del Centro Nacional de Alta Tecnología (CENAT).
Se publica además, información de suelos del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), del Instituto Nacional de Innovación y Transferencia en Tecnología Agropecuaria (INTA), de planificación del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (MIVAH) del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) del Instituto Costarricense de Turismo (ICT), del Ministerio de Cultura y Juventud (MCJ), información sobre centros educativos del Ministerio de Educación Pública (MEP), y datos de población del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), entre otra información del orden municipal.
Cada sistema informático integrado al SNIT tiene un nombre de dominio y una dirección URL para facilitar la conexión con el geo portal del SNIT, lo cual responde a estándares del Open Geoespatial Consortium (OGC). O bien pueden ser consultados mediante los visores web, que permiten integrar información en capas.
No obstante que se cuenta con información georreferenciada, las instituciones actualizan la información en algunos casos en rangos de años. Por ejemplo, la base cartográfica fue actualizada en el 2017. Por lo anterior, para mantener las bases de datos geoespaciales actualizadas es necesario acortar los rangos de actualización de dichas bases, así como, buscar mecanismos de interoperabilidad con las dependencias responsables de los datos desde su origen para que la información se actualice en tiempo real.
La información georreferenciada de Costa Rica se basa en el siguiente marco regulatorio:
Ley N°59- Ley de Creación y Organización del Instituto Geográfico Nacional, del 4 de julio de 1944 y sus reformas: (CONGRESO CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA, 1991[7])
Ley No. 8905 - Reforma del artículo 2 de la ley N° 5695, Creación del Registro Nacional, y sus reformas; y modificación de la ley N° 59, Creación y Organización del Instituto Geográfico Nacional, de 4 de julio de 1944, y sus reformas; del 7 de diciembre 2010: (ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA, 1944[8])
Decreto Ejecutivo N°37773-JP-H-MINAE-MICITT - Creación del Sistema Nacional de Información Territorial (SNIT), del 07 de mayo del 2013: (PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, 2013[9])
Decreto Ejecutivo N°42120-JP - Creación de la Infraestructura de Datos Espaciales de Costa Rica (IDECORI), del 18 de noviembre del 2019: (PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA and MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ, 2019[10])
La VUI no ha integrado las fuentes de información descritas anteriormente en su sistema de gestión de trámites debido a que señala que no los necesita para garantizar su servicio. Además, se ha mencionado que estos sistemas deberían estar bajo la administración de las dependencias dueñas de los trámites. Sin embargo, en la medida que los solicitantes y las dependencias requieran información geo espacial para la toma de decisiones, o para dar una respuesta a los trámites, su incorporación a la VUI genera valor. En este caso la VUI podría funcionar como un visor de datos, sin que tenga que ser responsable de la información.
De acuerdo con el modelo de trámites digitales que promueve la OCDE en la pirámide de trámites digitales, la información geoespacial permite a los inversionistas la toma de decisiones, por lo anterior, en la Tabla 3.4 muestra un resumen de la valoración por OCDE sobre la existencia y uso de un mapa georreferenciado conforme a la información que cuenta el Gobierno de Costa Rica.
Tabla 3.4. Existencia y uso de mapa georreferenciado.
Copiar enlace a Tabla 3.4. Existencia y uso de mapa georreferenciado.Resumen de evaluación
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Característica |
Diagnóstico y evaluación |
|---|---|
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Sistema de información georreferenciada único que permita su consulta en línea por parte de ciudadanos, empresarios y servidores públicos para la toma de decisiones |
El Gobierno de Costa Rica posee diferentes fuentes de información geoespacial que puede conformar el mapa georreferenciado. La información georreferenciada existente no es fácil de consultar y no se encuentra disponible en la VUI a fin de facilitar a los ciudadanos la toma de decisiones. |
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El mapa georreferenciado por lo menos debe de presentar información sobre:
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El sistema informático integrado al SNIT tienen información que cubren algunos de estos requerimientos, sin embargo, es necesario actualizar las capas de información y generar sistemas que sean interoperables con la VUI. |
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Respecto a la información catastral del predio, se debe presentar información de las edificaciones actualizadas y las dimensiones de los predios |
La información con la que se cuenta actualmente llega a nivel de polígonos, no por predio. Las municipalidades son las que general esta información, sin embargo, no se tiene acceso a la misma. |
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En los temas de seguridad, el mapa georreferenciado puede proporcionar información sobre los índices de seguridad por zona |
No se identificó que existe información al respecto en las fuentes existentes |
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La información debe estar actualizada |
Existe amplia oportunidad para actualizar la información, ya que los lapsos de tiempo para su actualización pueden variar y exceder los 5 años. |
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La información debe interoperar entre distintas agencias de gobierno |
La información no es interoperable |
Motor de pagos
El objetivo es tener una solución digital que permita brindar opciones de pago en línea, sobre los derechos que deben pagar los usuarios por los trámites que realizan, y que se reflejen de forma inmediata en las instituciones que los solicitan. La ventanilla digital debería emplear esta solución.
Recuadro 3.3. Motores de pago
Copiar enlace a Recuadro 3.3. Motores de pagoEl objetivo del motor de pagos es que los empresarios, emprendedores o inversionistas puedan realizar los pagos de los trámites de forma inmediata, y tengan la opción de pagar con tarjeta bancaria, ya sea de débito o crédito, o bien, si así lo desean puedan generar una orden de pago en la plataforma, y acudir a una ventanilla bancaria, caja de gobierno, u otro tipo de ventanilla para realizar el pago. El motor de pagos también debería aceptar transferencia electrónicas.
La finalidad de un motor de pagos digital es generar una línea única de captura o referencia de pago automática que permita identificar el pago de forma inmediata, así como al contribuyente que realizó dicho pago. Además, que en tiempo real se refleje en las bases de datos fiscales de la entidad gubernamental a cargo y el contribuyente no tenga que presentar comprobantes de pago para obtener la resolución de su trámite. Aunado al pago inmediato, se debe poder realizar la facturación con un solo clic, de forma inmediata, a través de la generación de comprobantes fiscales.
PROCOMER desarrolló para la VUCE una pasarela de pagos que permite pagar el derecho o el impuesto que refiere cada trámite en la ventanilla. VUI implementó esta misma solución para realizar los pagos por transferencia bancaria a través del Banco Central de Costa Rica.
El proceso para realizar el pago de un trámite es el siguiente:
1. Al finalizar cada proceso o trámite el sistema le solicita al usuario gestionar el pago respectivo.
2. El banco genera la referencia de pago.
3. La plataforma le muestra los rubros a pagar o cancelar.
4. El usuario selecciona el método de pago:
5. Transferencia SINPE,
6. El usuario ingresa los valores e información de conformidad al método de pago en la plataforma.
7. El usuario confirma el pago.
8. La plataforma remite automáticamente por correo electrónico el comprobante de pago.
El SINPE permite realizar el pago de forma segura e inmediata. En el caso de los pagos de los trámites de las municipalidades para que se refleje el pago se requiere esperar a la conciliación bancaria para acreditar el pago. En el caso de los trámites que requieren pagos que tienen que ser calculados no se cuenta con una calculadora digital, sino que es necesario que los funcionarios determinen las cuotas a pagar. Por el momento no se aceptan pagos con cualquier tarjeta bancaria, debe ser a través del banco central.
La Tabla 3.5 muestra un resumen de la evaluación de la existencia y uso de un motor de pagos por la VUI.
Tabla 3.5. Existencia y uso de un motor de pagos por la VUI.
Copiar enlace a Tabla 3.5. Existencia y uso de un motor de pagos por la VUI.Resumen de evaluación
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Característica |
Diagnóstico y evaluación |
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Plataforma única que permita brindar opciones de pago en línea, sobre los derechos que deben pagar los usuarios por los trámites que realizan |
Existe un sistema para realizar pagos digitales en la VUI |
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Opciones de pago:
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El motor de pagos permite pagar en línea a través del Banco Central Por el momento, no se aceptan pagos con tarjetas de crédito Se pueden realizar pagos de trámites de las municipalidades, sin embargo, es necesario esperar la conciliación bancaria En la VUI no se pueden generar órdenes de pago, de forma que los derechos de los trámites puedan ser pagados por canales alternativos como son los bancos u otros establecimientos que puedan dar el servicio. |
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Los pagos se deben reflejar de forma inmediata en las instituciones que los solicitan y el contribuyente no tenga que presentar comprobantes de pago para obtener la resolución de su trámite |
El pago de los trámites en la VUI se refleja inmediatamente |
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Generar una línea única de captura o referencia de pago que permita identificar el pago de forma inmediata, así como al contribuyente que realizó dicho pago |
La VUI genera una línea única de captura para realizar los pagos, otorgando el monto total de cada trámite. Sin embargo, hay pagos que se realizan fuera de la VUI, y se deben presentar los comprobantes de pago, tal es el caso del trámite de Ingreso al Régimen de Zonas Francas. |
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Facturación “con un solo clic” de forma inmediata a través de la generación del Comprobante Fiscal |
El motor de pagos en la VUI permite generar un comprobante fiscal |
Firma digital
El objetivo es contar con un sistema para el uso de una firma digital de expedientes por parte de los ciudadanos y funcionarios. La firma debe brindar certeza jurídica y elementos de seguridad que permitan difundir su uso masivo. La ventanilla digital debería permitir el uso de la firma digital.
Recuadro 3.4. Identidad Digital
Copiar enlace a Recuadro 3.4. Identidad DigitalEn la actualidad la interacción de las personas con la tecnología es una realidad inminente. Esto implica que las transacciones, servicios y trámites deben ser de forma digital a través de Internet. Las organizaciones, empresas y gobiernos, deben considerar que dichos procesos sean seguros, para dar certeza y confianza al ciudadano. La firma electrónica como medio para presentar una identidad digital asegura que la interacción entre el gobierno y los ciudadanos sea válida y segura.
La firma electrónica es una cadena única digital, equivalente a la firma autógrafa, pero en el mundo digital, es la forma de firmar en un formato digital de forma inequívoca, y es la llave de acceso para acreditar la personalidad en formato digital. La firma electrónica debería ser la forma en la cual los ciudadanos puedan iniciar sus trámites en línea sin necesidad de presentarse a una ventanilla física.
Para implementar una identidad digital con atributos de certidumbre y seguridad, la OCDE ha publicado la Recomendación del Consejo sobre la Gobernanza de la Identidad Digital, para que los países miembros puedan desarrollar una identidad digital.
Para el desarrollo de una identidad digital inclusiva y centrada en el usuario, la OCDE recomienda:
que los adherentes diseñen e implementen sistemas de identidad digital que respondan a las necesidades de los usuarios y proveedores de servicios.
que los adherentes prioricen la inclusión y minimicen las barreras para el acceso y el uso de la identidad digital.
Para el fortalecimiento de la gobernanza de la identidad digital, la OCDE recomienda:
que los adherentes adopten un enfoque estratégico hacia la identidad digital y definan roles y responsabilidades en todo el ecosistema de identidad digital.
que los adherentes protejan la privacidad y prioricen la seguridad para garantizar la confianza en los sistemas de identidad digital.
que los adherentes alineen sus marcos legales y regulatorios y proporcionen recursos para permitir la interoperabilidad.
Para permitir el uso transfronterizo de la identidad digital, la OCDE recomienda:
que los adherentes identifiquen las necesidades cambiantes de los usuarios y proveedores de servicios en diferentes escenarios transfronterizos.
que los adherentes cooperen internacionalmente para establecer las bases para la confianza en los sistemas de identidad digital y las identidades digitales emitidas de otros países.
Además, la OCDE ha identificado las siguientes características que debería tener la firma digital para implementar trámites 100% digitales:
Identificar al firmante de manera inequívoca.
Asegurar la integridad del documento firmado, es decir, asegurar que el documento firmado es exactamente el mismo que el original y que no ha sufrido alteración o manipulación.
Asegurar el no repudio del documento firmado. Los datos que utiliza el firmante para realizar la firma son únicos y exclusivos y, por tanto, posteriormente, no puede decir que no ha firmado el documento.
Un diseño y uso adecuado de la firma electrónica puede llegar a generar los siguientes beneficios:
La identificación de los usuarios de forma digital y que los usuarios puedan realizar trámites digitales de forma segura.
La creación y manejo efectivo de un expediente digital (ver subsección Expediente Digital abajo)
Fuente: (OECD, 2023[11]).
En Costa Rica el ente regulador de firma digital es el Ministerio de Ciencia Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones, sin embargo, el organismo que opera, enrolla y emite las firmas digitales es el Banco Central.
La firma digital consta de dos certificados, uno de autentificación y otro de firma digital para las personas físicas y en el caso de las personas jurídicas se emiten el certificado de agente electrónico y el certificado de sello electrónico. Para la emisión de los certificados se recolectan biométricos y huellas para garantizar la seguridad de los datos. La firma digital cuenta con mecanismos de seguridad basados en normas internacionales.
El Banco Central creó el Gestor de Autentificación Digital (GAUDI) para la operación de la firma y para la validación de la firma digital.
Las instituciones del Gobierno de Costa Rica se conectan con GAUDI para utilizar la firma digital.
El costo de la firma digital ante el Banco Central de Costa Rica es de 5,000 colones, lo cual es un impedimento para utilizar la firma, ya que es oneroso para los ciudadanos de Costa de Rica.
La VUI utiliza la firma digital para los funcionarios que requieren firmar resoluciones y en el caso de los ciudadanos la ventanilla fue creada bajo el concepto de que todos los usuarios deben tener firma electrónica, y el sistema de la VUI debe habilitar a cada ciudadano que desea ingresar tanto con firma o sin firma electrónica.
El marco regulatorio que sustenta la firma digital en Costa Rica es el siguiente:
Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos Nº 8454: (ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA, n.d.[12])
Reglamento a la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, Decreto Ejecutivo N° 33018-MICIT: (PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA and MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, 2006[13])
Directrices para las Autoridades de registro. Características de cumplimiento de Autoridades de Registro (RA) de la Jerarquía Nacional de Certificadores Registrados de Costa Rica: (Departamento de Certificadores de Firma Digital, Dirección de Gobernanza Digital and Ministerio de Ciencia, 2018[14])
Política de Certificados para la Jerarquía Nacional de Certificadores Registrados: (Dirección de Gobernanza Digital, Certificadores de Firma Digital and Ministerio de Ciencia, 2022[15])
Política de Formatos Oficiales de los Documentos Electrónicos Firmados Digitalmente (Dirección de Gobernanza Digital, Certificadores de Firma Digital and Ministerio de Ciencia, n.d.[16])
Política de sellado de tiempo del Sistema Nacional de Certificación Digital: (Dirección de Certificadores de Firma Digital and Ministerio de Ciencia y Tecnología, 2008[17]).
La Tabla 3.6 muestra un resumen de la evaluación de la existencia y uso de firma digital por la VUI.
Tabla 3.6. Existencia y uso de firma digital por la VUI.
Copiar enlace a Tabla 3.6. Existencia y uso de firma digital por la VUI.Resumen de evaluación
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Característica |
Diagnóstico y evaluación |
|---|---|
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Sistema para el uso de una firma digital por parte de:
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Existe el marco normativo para usar la firma digital tanto para funcionarios como para ciudadanos, sin embargo, el costo de obtener los certificados de firma digital para los ciudadanos es oneroso. LA VUI permite el uso de la firma digital pero su uso es muy bajo. |
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La firma digital debe brindar certeza jurídica |
Si se cuenta con los mecanismos para brindar certeza jurídica, no obstante, son pocos los trámites que solicitan la firma digital de los ciudadanos |
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La firma debe tener elementos de seguridad que permitan difundir su uso masivo |
La firma digital si cuenta con elementos de seguridad |
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La firma digital debe de cumplir con las siguientes características:
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La firma digital que se utiliza en Costa Rica si cumple con las características antes citadas |
Plataforma de Inspecciones
El objetivo es desarrollar un sistema digital de gestión de inspecciones que permita mejorar la comunicación entre instituciones y ciudadanos en este proceso regulatorio, de forma que se haga más transparente y confiable el proceso. La plataforma de inspecciones debería interoperar con la ventanilla digital.
Recuadro 3.5. Plataforma de inspecciones
Copiar enlace a Recuadro 3.5. Plataforma de inspeccionesLa plataforma de inspecciones tiene como objetivo la administración del proceso de inspección de forma digital, debe permitir realizar en línea la programación de una visita de inspección relacionada con los trámites, principalmente los trámites relacionados con los procesos que se integrarán en una Ventanilla Digital de Inversiones. Además, deberá ofrecer al solicitante una orientación sobre los aspectos a cumplir para acreditar las inspecciones que debe cumplir, de preferencia, el solicitante deberá obtener en la plataforma las listas de verificación que se aplicarán durante la inspección. La plataforma deberá proporcionar al ciudadano los datos y el perfil del inspector que acudirá a realizar la inspección, así como el día y la hora programada.
La plataforma de inspecciones, además de facilitar el proceso a los empresarios o ciudadanos, transparenta el proceso, elimina la discrecionalidad y facilita el cumplimiento de las especificaciones técnicas a cumplir por el solicitante. El objetivo de la plataforma de inspecciones es proporcionar servicios eficientes y una gestión transparente, reducir el tiempo y los costos administrativos, brindar certidumbre a través de un padrón de inspectores, así como, conocer los criterios a verificar durante la visita de inspección.
En la actualidad los avances del Gobierno de Costa Rica respecto a una plataforma de verificaciones o inspecciones son incipientes. No se ha definido en Costa Rica una verificación o inspección integral para todas las instituciones, ya que este proceso se considera intrínseca al trámite de cada entidad.
A fin de mejorar el proceso de las inspecciones, el Gobierno de Costa Rica reformó el Artículo 15 de la Ley N° 7210 mediante la Ley N° 10234, de fecha 4 de mayo del 2022, el cual estableció a nivel legal un mecanismo de inspecciones integradas, de la siguiente manera:
“Cuando corresponda, las instituciones públicas que realicen inspecciones a las empresas deberán gestionar los mecanismos de coordinación pertinentes que permitan que dichas inspecciones se realicen de manera integrada. Para estos efectos, tales entidades de inspección podrán compartir información y registros, participar en sistemas de alerta conjunta y coordinar visitas o estudios de campo, en especial en áreas regulatorias relacionadas. Todo lo anterior, de conformidad con el ámbito de competencia de dichas entidades.”
Durante las misiones de investigación la OCDE recolectó información de que en el Gobierno de Costa Rica no se cuenta con un registro de inspectores e inspecciones, el cual permitiría a los ciudadanos corroborar que la persona que se presenta en su establecimiento tiene las atribuciones para llevar a cabo una inspección, y en caso de tener duda, puedan consultar con la dependencia correspondiente los datos del inspector o las inspecciones que puede llevar a cabo. Cada institución tiene definido en sus reglamentos los procesos de inspección para cada trámite. De tal forma, en Costa Rica no existe un modelo de inspecciones que sea transversal a todo el gobierno y sus instituciones.
De acuerdo con el modelo OCDE para establecer una ventanilla digital de inversiones que cumpla con los bloques de la pirámide de trámites digitales es necesario generar una plataforma de inspecciones que permita a los ciudadanos dar retroalimentación sobre sus inspecciones, a fin identificar las posibles áreas de oportunidad y con ello implementar cursos de capacitación a los inspectores, de acuerdo con las matrices de competencias y que se pueda contar con inspectores calificados. Además, se deberá generar un cuerpo de inspectores multidisciplinarios debidamente capacitados que sean capaces de revisar diversos aspectos de los establecimientos comerciales y con ello disminuir las cargas administrativas en las que se incurre por trámites y por diversas inspecciones.
La Tabla 3.7 contiene un resumen de la evaluación de la existencia y uso de una plataforma de inspecciones que promueve la OCDE y que se sugiere siga el Gobierno de Costa Rica, una vez aplicado a nivel central se puede incorporar a la VUI.
Tabla 3.7. Existencia y uso de plataforma de verificaciones e inspecciones.
Copiar enlace a Tabla 3.7. Existencia y uso de plataforma de verificaciones e inspecciones.Resumen de evaluación
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Característica |
Diagnóstico y evaluación |
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Plataforma que permita realizar en línea el proceso de programación de una visita de verificación o inspección relacionada con los trámites de la Ventanilla |
No existe debido a que las inspecciones son posteriores al proceso de apertura de la VUI. |
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La plataforma debe ofrecer al solicitante una orientación sobre los aspectos a cumplir para acreditar la inspección, de preferencia la lista de verificación que el inspector aplicará |
En la mayoría de los trámites para los cuales se requiere realizar una inspección o una verificación, el empresario no recibe información que le ofrezca certeza y seguridad sobre los requerimientos de aprobación No existen manuales de inspecciones o listas de verificación |
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La programación y realización de inspecciones deben seguir in criterio de análisis de riesgo |
Tampoco se usa análisis de riesgos para la realización de inspecciones, razones por las cuales los recursos son comúnmente insuficientes |
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La plataforma deberá permitir al ciudadano conocer previamente el inspector que acudirá a realizar la inspección, así como el día y la hora programada |
No existe |
Expediente digital
El objetivo es tener un sistema informático que genere un expediente digital que permita a los ciudadanos albergar información mínima necesaria para gestionar trámites y permita entregar la formación una sola vez, evitando duplicidades y reprocesos entre instituciones. El expediente digital debe ser es una plataforma interinstitucional e interoperable y debería ser empleado por la ventanilla digital.
Recuadro 3.6. Expediente digital
Copiar enlace a Recuadro 3.6. Expediente digitalEl objetivo principal de un expediente digital es ofrecer al ciudadano o empresario el resguardo de los datos y documentos que el ciudadano le entrega a la autoridad y el resguardo de los documentos que la autoridad va emitiendo en un solo repositorio digital y con validez oficial. Es decir, que al empresario o ciudadano no se le solicite un dato o documento que se encuentre en el expediente digital, y que todas las dependencias del Gobierno tengan acceso, de conformidad con sus atribuciones, a consultar dicho expediente a través de la interoperabilidad de las bases de datos.
El expediente digital debe resguardar la información que los ciudadanos entregan a la autoridad, para que puedan consultarse y con ello evitar la entrega repetida de la misma. Los datos y documentos resguardados en el expediente digital pueden nacer de forma física o incluso digital y pueden ser consultados por las autoridades facultadas para su acceso, así como por el propio ciudadano.
En el caso de las ventanillas digitales para trámites empresariales se sugiere utilizar la firma electrónica avanzada para enrolar a los ciudadanos de forma sencilla a fin de generar el expediente digital y con ello garantizar la acreditación de la personalidad jurídica sin necesidad de presentarse en las oficinas gubernamentales.
Un diseño y uso adecuado de expediente digital puede llegar a generar los siguientes beneficios:
Que los ciudadanos entreguen datos y documentos una sola vez, para llenar los formularios y brindar acceso a la información considerando el historial de cada usuario.
Interoperabilidad de los datos y con ello la disminución de las cargas administrativas a los usuarios, a través de la disminución de los requisitos.
Eliminar la presentación de documentos para acreditar su personalidad, domicilio, entre otros, en cada interacción.
Además, la información se puede utilizar para múltiples propósitos por las agencias gubernamentales.
La VUI tiene un expediente digital el cual se desarrolló para que los ciudadanos puedan resguardar sus documentos y datos y los funcionarios los puedan consultar de forma sencilla.
Los datos que conforman el expediente digital en la VUI son: Nombre del solicitante, identificación oficial, domicilio, actividad económica a realizar y correo electrónico, ya sea para persona física o persona jurídica.
Para generar un expediente digital es necesario acreditar al personal digital ya sea por medio de la firma digital o acudiendo a una oficina para generar su usuario y contraseña.
El Gobierno de Costa Rica generó en la Ley de Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos N° 8220 el Artículo 2º- Presentación única de documentos. El cual cita: “La información que presenta un administrado ante una entidad, órgano o funcionario de la Administración Pública, no podrá ser requerida de nuevo por estos, para ese mismo trámite u otro en esa misma entidad u órgano. De igual manera, ninguna entidad, órgano o funcionario público, podrá solicitar al administrado, información que una o varias de sus mismas oficinas emitan o posean.”
El expediente digital dentro de la VUI funciona como un repositorio de información el cual el solicitante puede utilizar para la gestión de los trámites y sumar las resoluciones que vaya gestionando, es como una carpeta electrónica.
El expediente digital tiene un periodo de vida de 5 años en la VUI, una vez trascurrido ese tiempo, la información deberá ser resguardada en las dependencias responsables de la misma.
El objetivo del expediente digital es que el usuario presente sus datos generales una sola vez, y que las resoluciones que vaya obteniendo las pueda resguardar en dicha carpeta digital.
La VUI generó su propio reglamento para el funcionamiento del Sistema de la Ventanilla Única de Inversión (VUI) que centraliza los trámites y permisos que deben cumplir las empresas que deseen establecerse y operar en Costa Rica, con respecto al expediente digital establece lo siguiente: “Artículo 14. Expediente electrónico y conservación de información. Para todos los actos o procesos que se realizarán en la VUI de manera electrónica, el Sistema conformará un expediente electrónico que contendrá todos los documentos electrónicos que se generen en la tramitación de la solicitud. Cada documento electrónico que conforme el expediente electrónico deberá mantener la seguridad e integridad a través de los mecanismos que defina la Administración.
Además, el reglamento considera los siguientes puntos importantes:
El representante legal de la empresa tendrá libre acceso al expediente electrónico, el cual podrá ser consultado en línea.
VUI conservará en línea cada expediente electrónico por un periodo de cinco años, salvo que las instituciones públicas requieran un plazo mayor.
Transcurrido el plazo anterior, los expedientes se trasladarán a las instituciones que participaron en el diligenciamiento de cada solicitud para que dispongan de estos como corresponda.
En materia de gestión y conservación de expedientes electrónicos, se aplicará lo dispuesto en la normativa correspondiente, así como lo dispuesto por la Junta Administrativa del Archivo Nacional.
Las autoridades administrativas y judiciales podrán consultar directamente en VUI los expedientes electrónicos almacenados en el Sistema, de conformidad con las limitaciones y procedimientos vigentes.”
La Tabla 3.8 contiene el resumen de la evaluación de la existencia y uso del expediente digital por la VUI.
Tabla 3.8. Existencia y uso de expediente digital por la VUI
Copiar enlace a Tabla 3.8. Existencia y uso de expediente digital por la VUIResumen de evaluación
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Característica |
Diagnóstico y evaluación |
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Sistema informático que genere un expediente digital que permita a los ciudadanos albergar información mínima necesaria para gestionar trámites |
El expediente digital de la VUI es una carpeta digital que permite resguardar los datos generales de los ciudadanos. |
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El expediente digital debe ofrecer al ciudadano o empresario el resguardo de los datos y documentos que vaya entregando y tener los documentos que la autoridad va emitiendo en un solo repositorio digital con validez oficial |
El expediente digital de la VUI permite el resguardo de información, datos y documentos que las dependencias van emitiendo. |
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El sistema debe permita al empresario entregar solamente la información incremental que se requiera, evitando duplicidades y reprocesos entre instituciones |
El expediente digital es una carpeta que permite resguardar información e irla presentando en los trámites que se van a gestionar en la VUI. |
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El expediente digital debe ser es una plataforma interinstitucional e interoperable: que todas las dependencias del Gobierno tengan acceso a consultar dicho expediente a través de la interoperabilidad de las bases de datos |
El expediente digital solo puede ser consultado por las dependencias que forman parte de la VUI y por los funcionarios a cargo de los trámites que el ciudadano va gestionando. |
La VUI tiene características relevantes que son congruentes con los bloques de la pirámide de trámites digitales y se encuentra en el camino correcto para alcanzar una ventanilla digital con trámites 100% digitales. Uno de los bloques en el que la VUI presenta mayor avance es en el expediente digital, el cual es uno de los bloques más retadores, ya que requiere de capacidades tecnológicas, coordinación entre dependencias y un sustento regulatorio sólido para su ejecución.
Cabe destacar que incluir en una ventanilla digital trámites de distintos órdenes de gobierno es un reto que implica compromiso político del más alto nivel, inversión de recursos humanos y tecnológicos, coordinación, liderazgo y capacidad de gestión, por lo que es un logro para destacar que la VUI incluya trámites de municipalidades.
Referencias
[8] ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA (1944), Reforma del artículo 2 de la ley N° 5695, Creación del Registro Nacional, y sus reformas; y modificación de la ley N° 59, Creación y Organización del Instituto Geográfico Nacional, de 4 de julio de 1944, y sus reformas, http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=N%20RTC&nValor1=1&nValor2=69510&nValor3=83516&strTipM=TC (accessed on 7 March 2024).
[12] ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA (n.d.), Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=55666&nValor3=60993&strTipM=TC (accessed on 8 March 2024).
[6] Ayuntamiento de Puebla (2024), Ventanilla Digital de Inversiones, https://abretuempresa.pueblacapital.gob.mx/ (accessed on 5 February 2024).
[7] CONGRESO CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA (1991), Ley de Creación y Organización del Instituto Geográfico Nacional, http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=N%20RTC&nValor1=1&nValor2=34222&nValor3=87501¶m2=1&strTipM=TC&lResultado=2&strSi%20m=simp, (accessed on 7 March 2024).
[14] Departamento de Certificadores de Firma Digital, Dirección de Gobernanza Digital and T. Ministerio de Ciencia (2018), DIRECTRICES PARA LAS AUTORIDADES DE REGISTRO Características de cumplimiento de Autoridades de Registro (RA) de la jerarquía nacional de certificadores registrados de Costa Rica, https://www.mifirmadigital.go.cr/wp-content/uploads/2019/02/DCFD-Directrices-para-las-Autoridades-de-Registro.pdf (accessed on 8 March 2024).
[17] Dirección de Certificadores de Firma Digital and Ministerio de Ciencia y Tecnología (2008), Política de sellado de tiempo del Sistema Nacional de Certificación Digital, https://www.mifirmadigital.go.cr/wp-content/uploads/2019/02/DCFD-PoliticadeSelladodetiempo.pdf (accessed on 8 March 2024).
[15] Dirección de Gobernanza Digital, Certificadores de Firma Digital and I. Ministerio de Ciencia (2022), POLÍTICA DE CERTIFICADOS PARA LA JERARQUÍA NACIONAL DE CERTIFICADORES REGISTRADOS, https://www.mifirmadigital.go.cr/wp-content/uploads/2022/08/DCFD-Politica-de-certificados-v2.0.pdf (accessed on 8 March 2024).
[16] Dirección de Gobernanza Digital, Certificadores de Firma Digital and I. Ministerio de Ciencia (n.d.), Política de Formatos Oficiales de los Documentos Electrónicos Firmados Digitalmente, https://www.mifirmadigital.go.cr/wp-content/uploads/2019/02/DCFD-Politica-de-Formato-Oficial-v2.0.pdf (accessed on 8 March 2024).
[5] OECD (2023), Effective Government Information Websites: Toolkit for Implementation, OECD Publishing, Paris, https://doi.org/10.1787/ac325b03-en.
[11] OECD (2023), Recommendation of the Council on the Governance of Digital Identity, https://legalinstruments.oecd.org/en/instruments/OECD-LEGAL-0491 (accessed on 6 March 2024).
[3] OECD (2015), OECD Regulatory Policy Outlook 2015, OECD Publishing, Paris, https://doi.org/10.1787/9789264238770-en.
[1] OECD (2012), Guia para mejorar la calidad regulatoria de trámites estatales y municipales e impulsar la competitividad de México, OECD Publishing, Paris.
[4] OECD (2012), Recommendation of the Council on Regulatory Policy and Governance, OECD, http://www.oecd.org/regreform (accessed on 9 January 2023).
[9] PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA (2013), Crea Sistema Nacional de Información Territorial (SNIT) N° 37773-JP-H-MINAE-MICITT, http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=N%20RTC&nValor1=1&nValor2=75234&nValor3=93225&strTipM=TC (accessed on 7 March 2024).
[10] PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA and MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ (2019), Creación de la Infraestructura de datos espaciales de Costa Rica, https://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=%20NRTC&nValor1=1&nValor2=90558&nValor3=0&strTipM=TC (accessed on 7 March 2024).
[13] PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA and MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (2006), Reforma Reglamento a la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, Decreto Ejecutivo N° 33018-MICIT, del 20 de marzo de 2006 publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 77 del 21 de abril de 2006, http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=64418&nValor3=74724&strTipM=TC (accessed on 8 March 2024).
[2] Ventanilla Única de Inversión (2024), Procesos y trámites, https://vui.cr/tramite/ (accessed on 5 February 2024).
Nota
Copiar enlace a Nota← 1. Incluye trabajo con gobiernos nacionales de Argentina, México, y Perú, así como con gobiernos regionales y locales de México y Argentina.