El presente trabajo se publica bajo la responsabilidad del Secretario General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y del Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO). Las opiniones expresadas y los argumentos utilizados en el mismo no reflejan necesariamente el punto de vista oficial de los países miembros de la OCDE ni de la FAO y sus miembros.
Los nombres de los países, los mapas y territorios, así como las exenciones de responsabilidad territorial utilizados en esta publicación conjunta, siguen la práctica de la FAO y las Naciones Unidas.
Descargos territoriales específicos para la OCDE
Tanto este documento, así como cualquier dato y cualquier mapa que se incluya en él, se entenderán sin perjuicio respecto al estatus o la soberanía de cualquier territorio, a la delimitación de fronteras y límites internacionales, ni al nombre de cualquier territorio, ciudad o área.
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Las denominaciones empleadas y la presentación del material en los mapas contenidos en este producto informativo no implican la expresión de opinión alguna por parte de la FAO sobre la situación jurídica o constitucional de cualquier país, territorio o zona marina, ni respecto de la delimitación de fronteras. Las líneas punteadas que se aprecian en los mapas representan líneas fronterizas aproximadas, para las cuales podría no haber un acuerdo finalizado. La postura de las Naciones Unidas acerca del estatus de Jerusalén se expone en la Resolución 181(II) de la Asamblea General del 29 de noviembre de 1947 y en resoluciones posteriores de la Asamblea General y del Consejo de Seguridad relativas a este asunto.
OECD/FAO (2023), OECD-FAO Agricultural Outlook 2023-2032, OECD Publishing, Paris, https://doi.org/10.1787/19991142.
La presente traducción al español estuvo a cargo de Gilda Moreno Manzur, con la corrección de estilo de Laura Milena Valencia y Sonia García Baena. La calidad de la traducción y su coherencia con el texto original de la obra son responsabilidad exclusiva de los autores de la traducción. En caso de discrepancia entre la obra original y la traducción, solo se considerará válido el texto de la obra original.
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