El informe relativo a esta acción incorpora las revisiones acometidas a las Directrices de la OCDE aplicables en materia de precios de transferencia a empresas multinacionales y administraciones tributarias (comúnmente denominadas Directrices sobre Precios de Transferencia) para alinear los resultados de los precios de transferencia con la creación de valor. Las directrices objeto de revisión se centran en las tres áreas clave siguientes: i) aspectos de los precios de transferencia relativos a las operaciones con activos intangibles; ii) acuerdos contractuales, incluida la asignación contractual de los riesgos económicos soportados y la consiguiente atribución de ingresos, pudiendo no corresponderse dichos rendimientos con las actividades efectivamente desarrolladas, al tiempo que se aborda la tasa de retorno de la inversión realizada por una empresa del grupo multinacional con gran capital social y número de activos, no respondiendo dichos beneficios al nivel de actividad realizado por la compañía que efectúa la inversión: iii) otros ámbitos de alto riesgo. El informe encomienda, asimismo, efectuar una labor de seguimiento en lo concerniente al método de división y reparto de los beneficios de explotación cuyos resultados habrán de plasmarse en directrices exhaustivas acerca de las modalidades de aplicación de este método, útiles e idóneas para alinear los resultados de los precios de transferencia con la creación de valor.
Garantizar que los resultados de los precios de transferencia estén en línea con la creación de valor, Acciones 8 a 10 – Informes finales 2015
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