El Perú ha reforzado la transparencia y la participación de las partes interesadas mediante la elaboración de documentos de política pública, lineamientos y procesos de consulta obligatorios relativos a las regulaciones que generan o modifican los costos de cumplimiento. Pese a estos avances, la implementación sigue siendo desigual, ya que se recurre con frecuencia a excepciones y las plataformas de consulta no son homogéneas. La Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria y el Reglamento correspondiente ahora integran la participación de las partes interesadas como un elemento central del proceso de AIR, lo que hace que la mayoría de los proyectos regulatorios deban ser objeto de consulta. Con respecto al progreso del Perú en la aplicación de ciertas recomendaciones, el Reglamento establece requisitos de consulta proporcionales basados en el impacto y la complejidad de las regulaciones, mientras que la Guía de consulta pública actualizada introduce procedimientos más claros, ejemplos prácticos y mecanismos para gestionar los comentarios de las partes interesadas.
5. Participación de las partes interesadas y transparencia
Copiar enlace a 5. Participación de las partes interesadas y transparenciaResumen
Participación de las partes interesadas en el Perú
Copiar enlace a Participación de las partes interesadas en el PerúEn los últimos años, el Perú ha intensificado sus esfuerzos por aumentar la transparencia y la participación de las partes interesadas en el ciclo regulatorio. La publicación de documentos de política pública, requisitos y lineamientos ha contribuido a sentar las bases para la elaboración de regulaciones más inclusivas. La mejora de las prácticas de gobernanza del Perú se refleja en los últimos resultados de los Indicadores de Política y Gobernanza Regulatoria (iREG) para América Latina y el Caribe. En 2022, el país casi duplicó sus resultados en el indicador compuesto sobre la participación de las partes interesadas en la elaboración de regulaciones secundarias.
Figura 5.1. Participación de las partes interesadas en la elaboración de regulaciones secundarias (2022)
Copiar enlace a Figura 5.1. Participación de las partes interesadas en la elaboración de regulaciones secundarias (2022)Incluye las puntuaciones totales de 2015 y 2019
Nota: los datos de Chile, Colombia, Costa Rica y México corresponden al año 2021 en lugar de al 2022. Los datos de 2015 no incluyen a Argentina, República Dominicana, El Salvador y Paraguay. Los datos de 2019 no incluyen a Paraguay.
Fuente: (OECD, 2024[1]), Panorama de las Administraciones Públicas: América Latina y el Caribe 2024, OECD Publishing, París, https://doi.org/10.1787/4abdba16-en.
Marco jurídico y proceso para la participación de las partes interesadas
El Perú ha adoptado medidas para desarrollar un marco normativo y otros documentos que respaldan las iniciativas de participación de las partes interesadas. Los Lineamientos para la aplicación de la Agenda Temprana y de la Consulta Pública en el marco del AIR Ex Ante sustentan el uso generalizado de prácticas de participación de las partes interesadas en la administración peruana. Además, la Guía de Consulta Pública proporciona información detallada y recursos para apoyar a los organismos en sus actividades de participación de las partes interesadas.
A partir de 2021, es obligatorio realizar consultas públicas para la elaboración de regulaciones que generen o modifiquen los costos de cumplimiento para las empresas, los ciudadanos y la sociedad civil. Los lineamientos identifican dos tipos de consultas: la consulta pública temprana, en la etapa previa al diseño del proyecto regulatorio, y la consulta pública del proyecto regulatorio. La CMCR supervisa la calidad de las actividades de participación de las partes interesadas y vela por que la consulta del proyecto regulatorio se lleve a cabo en el marco del proceso de AIR. Aunque se recomiendan ambos tipos de consultas, solo es obligatoria la consulta del proyecto regulatorio.
Los organismos deben responder a los comentarios recibidos como parte de sus actividades relacionadas con la participación de las partes interesadas. Esto debe hacerse mediante una matriz en la que la entidad responda a todos los comentarios recopilados y especifique si el comentario ha sido aceptado y, en caso afirmativo, cómo ha producido cambios en el proyecto regulatorio. La matriz debe adjuntarse al documento del AIR.
El período de consulta no se define explícitamente en los documentos que respaldan el uso de herramientas y prácticas relacionadas con la participación de las partes interesadas. Indicar claramente la duración mínima de las consultas en un documento de política o en una guía puede ayudar a garantizar que las partes interesadas dispongan de tiempo y recursos suficientes para formular comentarios significativos, fomentar la transparencia y aumentar la aceptabilidad de las propuestas regulatorias.
Participación de las partes interesadas en la práctica
La implementación sistemática de consultas públicas que permitan fundamentar las decisiones regulatorias aún se encuentra en una etapa inicial. Al igual que en el caso de los AIR, el Perú está siguiendo un enfoque gradual para la aplicación obligatoria de la participación de las partes interesadas en el Poder Ejecutivo nacional. El país ha concluido recientemente dos proyectos piloto con el apoyo de expertos internacionales y de los Estados Unidos. Las actividades se centraron en fortalecer el uso de la consulta pública como parte del proceso de AIR en el Ministerio del Ambiente (MINAM) y el Ministerio de la Producción (PRODUCE). Los resultados preliminares son alentadores y, en el mejor de los casos, contribuirán a incorporar el uso sistemático de las acciones de participación de las partes interesadas en el ciclo regulatorio.
Aunque la consulta pública de las regulaciones es un paso obligatorio en el proceso de AIR, la CMCR puede conceder excepciones. Las autoridades proponentes pueden solicitar una excepción si la realización de la consulta pública afectara al calendario previsto para la publicación de la regulación. A la fecha de elaboración del presente informe, la mayoría de los AIR que se han presentado para ser revisados por la CMCR han obtenido una excepción a la realización de una consulta pública. El hecho de no incorporar de forma sistemática actividades de participación de las partes interesadas en el proceso de elaboración de regulaciones puede tener un impacto negativo en la calidad de las regulaciones y puede frenar la participación de partes interesadas clave en futuras consultas. De cara al futuro, será fundamental establecer condiciones normativas adecuadas para subsanar esta brecha en la implementación.
Actualmente, las consultas públicas se realizan a través de los sitios web de cada ministerio e institución. Esto puede dificultar a los ciudadanos y a las empresas la identificación de las consultas futuras o en curso. Crear un portal único para todas las consultas públicas podría contribuir a impulsar la participación y aumentar la transparencia.
Acceso a la regulación vigente
Copiar enlace a Acceso a la regulación vigenteEl Perú cuenta con un repositorio centralizado de regulaciones y otros documentos legales. El Sistema Peruano de Información Jurídica1 (SPIJ) reúne todas las regulaciones nacionales y subnacionales, el TUPA y los documentos jurídicos supranacionales. El MINJUSDH gestiona la plataforma y garantiza la calidad de la información.
Además, cada ministerio y entidad, tanto a nivel nacional como subnacional, cuenta con una lista sistematizada de todos los procedimientos o trámites administrativos que ofrece (TUPA). En algunos casos, el contenido está disponible en diferentes idiomas para garantizar que la información sea accesible a los ciudadanos y representantes de diferentes comunidades.
Avances del Perú en la aplicación de las recomendaciones del CPR
Copiar enlace a Avances del Perú en la aplicación de las recomendaciones del CPRRecomendación prioritaria n.º 4
Una de las recomendaciones relacionadas con la participación de las partes interesadas y la transparencia insta al Perú a "avanzar en la implementación de la participación de las partes interesadas durante la elaboración de regulaciones, entre otras cosas, demostrando avances en los siguientes aspectos:
Limitar y definir claramente las excepciones en materia de consulta pública.
Establecer requisitos proporcionales en materia de consulta pública en función del impacto previsto del proyecto de regulación".
El Perú ha avanzado en la implementación de actividades de participación de las partes interesadas como parte de su proceso de elaboración de regulaciones. El Reglamento define las dos etapas en las que participan las partes interesadas: una antes del diseño de la propuesta regulatoria y otra una vez que se dispone del proyecto de regulación. Ambas consultas son obligatorias para la elaboración de regulaciones sujetas al AIR.
El Reglamento conecta el proceso de AIR y las actividades de participación de las partes interesadas, ya que para presentar el AIR a la CMCR es necesario incluir el informe sobre la consulta pública. En la práctica, solo las regulaciones exentas de AIR quedan también exentas de la consulta pública. Las regulaciones para las que no es necesario presentar un AIR incluyen las relacionadas con procesos administrativos, emergencias y fiscalidad, así como regulaciones técnicas específicas basadas en acuerdos internacionales, entre otras.
Además, el Reglamento incorpora principios de proporcionalidad en todas las herramientas de política regulatoria, incluidas las actividades de consulta pública y participación de las partes interesadas. El alcance y el grado de exhaustividad de la consulta pública se determinan en función de tres criterios: i) la magnitud y la complejidad del problema de política pública, ii) los impactos previstos de la propuesta regulatoria, iii) los riesgos asociados a una intervención regulatoria. El tercer criterio toma en cuenta elementos como los posibles riesgos vinculados a la implementación (o falta de ella) de la regulación, los posibles impactos a la confianza en el Gobierno, la economía y el medio ambiente.
Actualmente se está elaborando una versión actualizada de los Lineamientos para la Consulta Pública. Este documento proporciona detalles sobre las modalidades de consulta pública, así como de sus objetivos, características y beneficios. También ofrece una lista de etapas preparatorias, criterios y ejemplos que los responsables de la formulación de políticas pueden seguir al preparar las consultas. Los Lineamientos incluyen ejemplos prácticos y casos de estudio relacionados con las regulaciones peruanas. También proporcionan información sobre herramientas y estrategias a las que pueden recurrir las instituciones para fomentar la participación de las partes interesadas.
Los Lineamientos también suponen un avance en la gestión de los comentarios y observaciones recibidos durante el proceso de consulta pública. Los comentarios se organizan en una matriz, lo que obliga a la entidad responsable a dar respuesta a las partes interesadas. Además de publicar la matriz, las entidades también deben publicar los informes, documentos y materiales preparados como parte del proceso de consulta.
Estos avances muestran los progresos logrados por el Perú para dar cumplimiento a la recomendación. El Perú ha incorporado la participación de las partes interesadas como parte fundamental del proceso de AIR y como condición obligatoria para presentar una propuesta regulatoria a la CMCR. Este enfoque ha contribuido a que las excepciones se limiten únicamente a los casos en que el AIR no es obligatorio. Además, el Reglamento introduce requisitos proporcionales para la consulta pública basados en tres criterios, entre ellos los impactos previstos de la propuesta regulatoria.
Por otra parte, los Lineamientos para la Consulta Pública se están actualizando para definir los objetivos, las características y los criterios de las consultas públicas en el contexto del AIR y de las disposiciones del Reglamento. Los Lineamientos proporcionan información práctica en un formato sencillo. Además, incluyen los fundamentos de cada una de las etapas que deben seguir las entidades al interactuar con las partes interesadas.
Referencia
[1] OECD (2024), Panorama de las Administraciones Públicas: América Latina y el Caribe 2024, OECD Publishing, Paris, https://doi.org/10.1787/0f191dcb-es.