Argentina continúa enfrentándose a barreras estructurales que limitan la detección y aplicación de la ley sobre cohecho internacional, según señala el último informe sobre la aplicación de la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales. En particular, una de las brechas fundamentales en el sistema de detección de Argentina sigue siendo la ausencia de un marco jurídico que proteja a los denunciantes. Si bien se han logrado avances en la lucha contra el cohecho internacional, los casos siguen experimentando retrasos, lo que plantea dificultades en materia de pruebas y de plazos de prescripción. Son muy pocos los casos que avanzan hasta el enjuiciamiento. Hasta la fecha, ninguna persona jurídica ha sido investigada ni sancionada por cohecho internacional conforme a la Ley de Responsabilidad Empresaria, ocho años después de su adopción.
El Grupo de Trabajo sobre Cohecho de la OCDE acoge con satisfacción asimismo los avances registrados por Argentina. Desde la evaluación de la Fase 3bis de Argentina en 2017, se han presentado 17 nuevas denuncias por cohecho en el extranjero, además, en 2025, se resolvió el primer caso de cohecho en el extranjero contra una persona física en el país. Algunos organismos especializados, como la PROCELAC (Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos) y la DAJUDECO (Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado), han reforzado sus capacidades analíticas y han adoptado enfoques más proactivos en los casos de cohecho transnacional, entre otras cosas reforzando la cooperación internacional y la coordinación interinstitucional.
Con el fin de mejorar los resultados en materia de prevención, detección y sanción frente al delito de cohecho en el extranjero, el Grupo de Trabajo recomienda que Argentina:
- Adopte, con carácter urgente, un marco integral que regule la protección de los denunciantes, tanto en el sector público como en el privado.
- Garantice que los casos de cohecho en el extranjero se avancen y sean objeto de una decisión fiscal para su resolución sin demoras indebidas.
- Aplique plenamente el Código Procesal Penal Federal en las pocas jurisdicciones federales que aún no lo han hecho, ya que se trata de una de las reformas más significativas en materia penal de las últimas décadas.
- Reduzca de manera sustancial el número de vacantes judiciales y de jueces suplentes.
El Grupo de Trabajo de la OCDE sobre Cohecho en Transacciones Comerciales Internacionales está integrado por las 46 Partes del Convenio, entre ellas Argentina. Creado en 1994, el Grupo de Trabajo se encarga de supervisar la aplicación y el cumplimiento del Convención de la OCDE para Combatir el Cohecho, la Recomendación de la OCDE para Combatir el Cohecho y los instrumentos conexos. A tal fin, cuenta con un sólido mecanismo de control basado en la revisión por pares.
Para obtener más información, los periodistas pueden dirigirse a la Oficina de Medios de la OCDE.
Para saber más sobre la aplicación por parte de Argentina del Convención de la OCDE para Combatir el Cohecho y sobre la labor de la OCDE en la lucha contra el cohecho internacional, puede consultar el sitio web de la OCDE.
Trabajando con más de 100 países, la OCDE es un foro global que promueve políticas para preservar las libertades individuales y mejorar el bienestar económico y social de las personas en todo el mundo.